El Poder Ejecutivo estableció los montos mínimos de las prestaciones previsionales del Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros y de la Transferencia Directa al Expescador.
Hoy, en el diario oficial El Peruano, se determinó el monto mínimo de las prestaciones en el Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros de la siguiente manera: para la pensión de jubilación (360 soles) y para la pensión de invalidez (360 soles).
Con relación a los montos de las pensiones de viudez y orfandad, generadas sobre la pensión mínima del causante, se aplican las reglas establecidas en la Ley que Regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros.
La norma también determina el monto mínimo de beneficios económicos de la Transferencia Directa al Expescador con el mismo monto mencionado (360 soles).
El inicio de pago de montos mínimos establecidos se aplica a partir del pago correspondiente a setiembre.