Opinión

Fiscalía y derechos humanos

Por: Víctor A. García Belaunde

El 1/2/2024 los congresistas Rospigliosi y Cueto presentaron el proyecto de ley N° 6951/2023 que precisa la aplicación y alcances de los delitos de lesa humanidad considerando la entrada en vigor del Estatuto de Roma y la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Lesa Humanidad. El 16/5 la Comisión de Relaciones Exteriores se inhibe por carecer de competencia, pero recibe la opinión de la Fiscalía la que dice: “para que opere dicha prescripción se requiere en primer orden de una modificación a la normativa penal vigente, y que, en base a ella, se dicte una decisión judicial”. En otras palabras, la Fiscalía propone otro camino más no niega y menos tilda de inconstitucional el proyecto. Mientras que la Comisión de Constitución aprueba el proyecto el 25/3, no obstante pedir opinión de la Fiscalía, esta no respondió y finalmente el 6/6 el Congreso lo aprueba en primera votación.

La Junta de Fiscales Supremos emite un comunicado el 13/6 último, donde afirma que el proyecto 6951 “es inviable jurídicamente”; “es incompatible con la jurisprudencia supranacional en materia de derechos humanos” y que el “proyecto sea archivado por constituirse en una ley inconstitucional” (sic).

A este se suma dos pronunciamientos, uno de los Fiscales Supremos, los presidentes de las fiscalías superiores y provinciales rechazando la reorganización de la Junta Nacional de Justicia y el Ministerio Público, la creación de la Escuela Nacional de la Magistratura y contra el fortalecimiento de la investigación del delito a cargo de la Policía y en su cuarto acuerdo proponen “convocar a la ciudadanía a sumarse a la defensa de la democracia que se pretende socavar, de aprobarse los proyectos”. El mismo día se publica un Pronunciamiento del Subsistema Especializado en Derechos Humanos e Interculturalidad del Ministerio Público, exigiendo “a los integrantes del Congreso… el respeto irrestricto de los estándares internacionales en materia de derechos humanos…”.

Estos documentos fueron emitidos por miembros de una institución autónoma del Estado peruano cuya principal función es la de prevenir y perseguir el delito, defender la legalidad, y proteger a las víctimas, además de promocionarse por trabajar “por una justicia transparente, moderna y efectiva para alcanzar una sociedad pacífica con inclusión social”.

¿Dónde estuvieron los fiscales que firmaron estos comunicados cuando el Fiscal de la Nación archivó la denuncia contra Martín Vizcarra por la compra indebida de pruebas rápidas? Eso trajo como consecuencia los falsos negativos y miles de vidas perdidas por diagnósticos engañosos, constituyendo además el blindar a varios ministros que permitieron el cambio de normas de un día para otro beneficiando a em- presas chinas. ¿Dónde estuvieron estos fiscales cuando sus colegas permitieron la libertad a delincuentes anulando el trabajo policial que tanto dicen defender?

El Congreso tiene 5 % de aprobación, pero su desprestigio no varía sus atribuciones, mientras que el Ministerio Público tiene casi el mismo pobre porcentaje, es como si dos calvos buscasen un peine. A los congresistas los elige el pueblo que es el soberano (aunque muchas veces se equivoca) y a los fiscales ¿quién los elije?

Lo que la fiscalía debió hacer es ir al Congreso y exponer su posición, o contestar a la Comisión de Constitución como lo hizo con la Comisión de RREE, pero de ninguna manera publicar comunicados cuestionado las funciones del Legislativo y menos llamar a movilizaciones en protesta por las decisiones del Congreso.

El proyecto de Ley 6951 es muy discutible y esta discusión no se puede dar dentro del Ministerio Público, “sería como si las perdices debatieran sobre una nueva ley de caza” (como lo diría el doctor José Ramón Del Sol, Rector de la Universidad de Valladolid cuando los alumnos quisieron ser parte de la discusión por el cierre de ese centro de estudios). Finalmente, ¿qué es lo que existe en el Perú un Ministerio Público o un Ministerio Privado?

(*) Excongresista

* La Dirección periodística no se responsabiliza por los artículos firmados

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