Firma falsa en denuncia contra Digna Calle y Arón Espinoza
Congresista y regidor afirman que rúbrica no coincide con la del supuesto denunciante, quien niega haber puesto la demanda

- Arón Espinoza envió una carta notarial a Saavedra Vásquez el 25 de enero de este año para que ratifique si es autor de la denuncia. Tres días después, el presunto demandante respondió que no era su firma y que él no había presentado ninguna denuncia.
La decisión del Ministerio Público de abrir investigación por el presunto delito de lavado de activos contra la congresista Digna Calle (Podemos Perú) y su esposo, el regidor de la Municipalidad de Lima, Aron Espinoza, habría sido adoptada pese a la existencia de un serio cuestionamiento, pues la denuncia carecería de veracidad. Así lo advirtió la defensa de ambos al detectar que la firma del presunto denunciante no coincidía con la que figura en su Documento Nacional de Identidad (DNI).
El 7 de noviembre de 2024, con la firma del ciudadano Emerson Airton Saavedra Vásquez se presentó una denuncia por lavado de activos contra Calle y Espinoza. Sin embargo, el funcionario del Ministerio Público que recibió el documento dejó constancia de forma manuscrita que la firma de la denuncia no coincidía con la firma del DNI del denunciante. Ante esta situación, ese mismo mes, la Fiscalía Provincial resolvió inhibirse de la investigación y derivarla a la Fiscalía Suprema.
DESCARTÓ QUE SEA SU FIRMA
El concejal de la comuna limeña decidió enviar una carta notarial a Saavedra Vásquez el 25 de enero de este año para que ratifique si es autor de la denuncia. Tres días después, el presunto demandante, a través de correo electrónico, respondió que no era su firma y que él no había presentado ninguna denuncia.
“Mediante el presente confirmo que no soy autor de dicha denuncia ni tengo conocimiento alguno sobre los hechos mencionados en la documentación. Además, la firma expuesta en el documento no corresponde a la registrada en mi documento de identidad, lo cual pueden verificar. Solicito que mi nombre quede completamente deslindado de este caso y cualquier otra acción relacionada al mismo”, fue la respuesta de Saavedra Vásquez.
Con esto, el 4 de febrero de 2025, la defensa de Aron Espinoza presentó un escrito a la Fiscalía Suprema, poniendo en conocimiento que la denuncia es resultado del delito de falsedad genérica en la modalidad de suplantación de identidad y adjuntó el acta notarial de la verificación de hechos, donde se daba fe del correo presentado por el supuesto denunciante desconociendo ser autor de la denuncia.
Pese a todo lo expuesto por la defensa de Aron Espinoza, el 12 de febrero la Fiscalía Suprema declaró compleja la investigación y dispuso el inicio de investigaciones preliminares por ocho meses.
¿DE QUÉ SE LES ACUSA?
Cabe recordar que la denuncia contra Calle y Espinoza, sustentada en un reportaje periodístico de agosto del año 2023, señala que ambos, a través de la empresa Grupo Asociados S.A.C. y Grupo Dafi Asociados S.A.C., en su condición de autoridades, se habían apoderado de bienes del Estado y que producto de sus actividades adquirieron propiedades en Perú y en EE. UU. La defensa sostiene que la denuncia no identifica cuál es el supuesto delito fuente que configuraría como lavado de activos.
Agregan que se trata de una denuncia fraudulenta, resultado de un delito cometido para vulnerar las garantías constitucionales de Calle y Espinoza ante su posición de autoridades, por lo que, según la defensa, se trataría de una persecución política.

PENALISTA EDWAR ÁLVAREZ: “SERÍA UN GOLPE A LA INVESTIGACIÓN”
El abogado penalista Edwar Álvarez, consultado sobre el tema, señaló que se estaría ante un delito de falsedad ideológica y explicó que esto se encuentra estipulado en el artículo 428 de Código Penal. “El artículo señala que, quien inserta o hace insertar en un documento declaraciones falsas, a hecho que deba probarse con el documento, será reprimido con una pena privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de cinco años”, declaró a La Noticia.
Precisó que, cuando el funcionario del Ministerio Público que recibió el documento, dejó constancia de que la firma de la denuncia no coincidía con la del DNI, la denuncia no debió haber sido recibida o pudo ser enviada a mesa de partes para que se haga una investigación.
“Si el documento es falso es un golpe a la investigación. Ahí se podría haber incurrido en una omisión de deber de funciones”, indicó. Además, Álvarez resaltó que “hay un detalle preponderante, si la han falsificado hay alguien detrás de eso y la fiscalía debería investigar ello. Primero, abrir una investigación contar al señor (Saavedra), debería hacerse una pericia, para determinar si es su firma y determinar si es autor de la denuncia”, finalizó.
