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Expulsión de extranjeros: ¿Qué medidas deberán seguir las empresas de transportes y los hospedajes?

Tras aprobarse la normativa donde permite la expulsión de extranjeros indocumentados del país por 48 horas, además se dio a conocer las medidas para las empresas interprovinciales que trasladen a personas extranjeras irregulares. Bajo ese marco, también fue dirigido a quienes alquilen o alojen predios a inmigrantes ilegales.

Según el Ejecutivo, las empresas de transporte tendrán la obligación de verificar que “las personas extranjeras sean pasajeros, conductores y/o, personal que lo acompaña en el servicio, cuenten con los documentos de identidad y/o de viaje, válidos y vigentes”.

Además, que pedirá a Migraciones “el acceso a la información de las personas extranjeras, sean pasajeros, conductores, así como el personal que lo acompaña en el servicio, para que efectúe labores de fiscalización y verificación migratoria”.

En el caso de las empresas de hospedaje, tienen la obligación de “exigir la presentación de un documento que acredite la situación migratoria regular del extranjero con quien suscriba contrato de arrendamiento y de los otros extranjeros que habiten y formen parte del grupo arrendador en el mismo inmueble”.

Cabe destacar que el propietario del inmueble deberá informar a la Superintendencia Nacional de Migraciones, a través de sus plataformas digitales, además de “brindar a Migraciones acceso a las instalaciones de los establecimientos de hospedaje a efectos de realizar acciones de verificación y fiscalización en cumplimiento de la normativa migratoria vigente”.

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