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“Empresas deben capacitar a sus trabajadores evitar sanciones”

Abogado Julio Gago advierte que, si ocurre un incidente con un empleado y no se brindaron las charlas respectivas, las empresas corren el riesgo de ser clausuradas y multadas hasta con S/184,000

POR: ROMARIO PORRAS VARGAS

El abogado Julio César Gago Vicuña afirmó que las empresas están obligadas a capacitar, como mínimo, cuatro veces al año a sus trabajadores. En conversación con La Noticia, el jurista explicó en qué consisten estas capacitaciones y cuáles son las sanciones que pueden ser impuestas a las empresas en caso no cumplan con las mismas.

¿Doctor Gago, las empresas están obligadas a capacitar a sus trabajadores?

Sí, de acuerdo a la Ley 27933 de Protección de Datos Personales y Confidencialidad; la Ley 30424 Anticorrupción y sus modificaciones, que habla de la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas en delitos de corrupción, lavado de activos, cohecho, tráfico de influencias, entre otras; la Ley 19783 de Seguridad y Salud en el Trabajo, de la previsión de las empresas para la seguridad ocupacional; y la Ley 27942 de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual. Estas cuatro leyes obligan a las empresas a, eventualmente, hacer charlas y capacitaciones a sus trabajadores; es por ley. Además, tienen que acreditarlas ante la Sunafil (Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral) y la Sunat (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria).

¿Cuál es el objetivo de estas capacitaciones y en qué consisten?

En el tema de lavado de activos y anticorrupción es importante porque en el mundo y en el Perú hay bastantes temas relacionados y todo se convierte en dinero negro. Muchos delincuentes insertan el dinero en empresas, negocios, transacciones comerciales, y las empresas están expuestas a que, dentro de su actividad, se inserte el dinero lavado. La ley, para prevenir esto, busca evitar estos casos y los obliga a que capaciten a sus trabajadores para determinar o detectar actividades sospechosas. Es más, las empresas están obligadas a designar un oficial de cumplimiento, quien es el encargado de informar a la unidad de inteligencia financiera cuando hay operaciones sospechosas. En seguridad ocupacional, su falta de implementación ya es un delito tipificado en el Código Penal y que trae consecuencias como multas y clausuras. La Ley obliga a que las empresas brinden cuatro capacitaciones al año, como mínimo, de este tema y Salud en el Trabajo. En la Ley 27933, muchas veces un trabajador deja de pertenecer a una empresa, se va a otra y se lleva toda la información de la anterior, eso es un delito y también tiene sanción administrativa.

¿En su estudio qué tipo de capacitaciones están brindando?

En “Inspira Resiliencia Estratégica” estamos capacitando el cumplimiento de las normas obligatorias que son la Ley Anticorrupción, Lavado de Activos, Seguridad y Salud en el Trabajo, Hostigamiento Laboral y la Protección de Datos Personales y la Confidencialidad. Esos son los cuatro temas que estamos abordando por ahora. Estamos operativos, tenemos un equipo de profesionales especializados para este tipo de capacitaciones. Nosotros vamos los vamos a certificar, vamos a otorgar un documento que acredita haber dado unas capacitaciones, eso los respalda y tienen la tranquilidad de haber cumplido con la ley. Tenemos nuestro estudio que está en la calle Los Naranjos 2730, oficina 102, San Isidro. Pueden llamarnos al teléfono 942-301159

¿Quiénes pueden dar las capacitaciones?

En nuestro caso, tenemos profesionales especializados, la mayoría son abogados colegiados, pero también contamos con ingenieros para temas de seguridad ocupacional, médicos y de primeros auxilios. Debemos incidir en que las empresas están obligadas a brindar capacitaciones. Se trata de hacer saber a las empresas que tienen que cumplir con la norma porque, sino se exponen a las sanciones y hasta sanciones penales.

¿Qué sanciones hay para las empresas que no brindan capacitaciones?

Las primeras sanciones son las multas que superan las 40 Unidades Impositivas Tributarias (es decir, S/184,000), después vienen las clausuras, también están considerados como delito. Por ejemplo, si no se ha implementado la Ley de Anticorrupción o Lavado de Activos, están inmersos en esos temas y pueden ser sancionados por ello, ahí la pena supera los 15 años. Está la del delito de atentado contra seguridad ocupacional con una pena los 8 años. Si no se implementan las medidas y las empresas no cumplen con las normas, están expuestas a estas terribles sanciones. No solo personas jurídicas, sino también los funcionarios, socios y gerentes.

Un periodista de un diario escrito sugirió por las redes sociales atentar contra el presidente y el Colegio de Periodistas de Lima se ha pronunciado al respecto. ¿Estas capacitaciones pudieron evitar el desatino de este hombre de prensa?

No es un tema laboral, podría ser un tema de daños y perjuicios o de tentativa de homicidio, desconozco lo sucedido. Sin embargo, el sentido de estas capacitaciones es que justamente el personal esté informado de sus derechos y que actúe de acuerdo a ley. Estas capacitaciones van a incluir que los trabajadores sean gente con conocimiento de las normas, con formación.

“NOS DEDICAMOS AL COMPLIANCE Y A LA RESILIENCIA”

La directora de “Inspira Resiliencia Estratégica”, Leslye Escalante Huisacayna, sostuvo que en el centro de capacitaciones se dedican al “compliance” y a la “resiliencia”. Explicó que lo primero consiste en hacer que las empresas cumplan con el ámbito normativo de la ley.

El doctor Julio Gago añadió que la resiliencia consta en avizorar problemas futuros, tales como empresariales, contratos, morosidad, entre otros, y preparar a las compañías de manera estratégica para cuando eso suceda. Además, así evitarán las sanciones.

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