Opinión

El TC y la piratería de los amparos

Por: Víctor García Toma

La reciente decisión del Tribunal Constitucional (TC) en el marco de un proceso competencial promovido por el Congreso de la República, parece pondrá fin al uso anormal y perverso de las acciones amparo.

Queda claro que solo podrán interponerse acciones de esta naturaleza cuando el accionante sea una persona, supuestamente amenazado o agraviado, expresa y directamente, en algunos de sus derechos fundamentales.

Con este fallo se ha restablecido plenamente las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso, en lo relativo al nombramiento de los funcionarios consignados en la Constitución.

Así como deja indemne su facultad de investigar cualquier asunto de interés público, entre los cuales estaría la idoneidad, eficiencia, transparencia y legalidad de la actuación del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el cual no tiene corona de exclusión.

Mas allá de lo acertado o desacertado de las determinaciones congresales y de la simpatía o rechazo que sus integrantes generen, ello no puede dar píe para politizar las acciones de garantía previstas para fines más objetivos y loables.

El poder oscuro detrás de estas leguleyadas jurídicas tuvo como objetivo el controlar el proceso de designaciones. Así, razones de extremismo o esnobismo ideológico, y sus yapas crematísticas (soserías, consultorías, designaciones), dieron píe para pervertir la justicia, levantando el pendón de la moralidad se “cocinaron” inmoralidades.

Esta sentencia no es una patente de corzo para el Congreso. Sobre este estará siempre la jurisdicción constitucional para hacer frente a la violación de los derechos fundamentales, que, en ese contexto, no se cuelen los huele guisos del presupuesto nacional y los corregidores de instituciones captadas para fines que la población no comparte.

(*) Ex presidente del Tribunal Constitucional del Perú

* La Dirección periodística no se responsabiliza por los artículos firmados

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