Economía

El 2022 devolverán aportes sin excluir a ningún fonavista

Dirigentes recuerdan fallos del TC y esperan aprobación de dictamen en el Pleno

Dirigentes de la Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (FNFPP), recordaron que el Tribunal Constitucional, a través de sus múltiples sentencias de inconstitucionalidad (001-1999 y 07-2012), de amparo (1078- 2007) y de cumplimiento, ha resuelto que a los aportantes se les debe devolver su dinero, pues este siempre fue público y no privado.

Luis Luzuriaga, presidente del gremio, explicó que la controversia se trasladó al monto que le correspondía a cada fonavista. Agregó que el Ministerio de Economía y Finanzas, en directo contubernio con la Comisión Ad Hoc, pretendió zanjar la discusión y devolver en función a los periodos mensuales de aportación a razón de solo 10.69 soles por mes de aportación, y además excluir de esa devolución y de la Ley 29625 a 350 mil fonavistas.

Hoy, con la reciente aprobación de dictamen de la Ley 564, se refuerza el fallo del TC y el proceso de determinación de la condición de fonavista beneficiario de la devolución; esto es, la verificación de la historia laboral del periodo de vigencia del Fonavi (haber trabajado entre el 01 de julio 1979 al 31 de agosto de 1998) y la identificación de las aportaciones descontadas de las remuneraciones de los fonavistas y las que efectuaron sus empleadores debidamente actualizadas.

“Entonces, todos los procedimientos que la anterior comisión efectuó desde el 2014 para determinar la condición de fonavista beneficiario de los más de dos millones de fonavistas se han realizado bajo los procesos y procedimientos que establece que la devolución es para todos y comprende ambos aportes (los efectuados por el trabajador y su empleador) y sin excluidos a ejecutarse el próximo año”, detalló Luzuriaga.

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