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Desde el 21 de enero rigen multas de hasta S/1.320 por circular dos personas en motocicleta

Desde el 21 de enero, la Policía Nacional del Perú comenzará a imponer multas a los motociclistas que circulen con dos personas en zonas declaradas en estado de emergencia. Las sanciones económicas van desde S/ 660 hasta S/ 1.320, además de la acumulación de puntos en el récord del conductor, como parte de las medidas para reforzar la seguridad ciudadana.

La restricción fue oficializada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) mediante el Decreto Supremo N.º 002-2026-MTC, publicado el 15 de enero, que modifica el Reglamento Nacional de Tránsito y entró en vigencia el 20 de enero. Tras una etapa de marcha blanca, la PNP iniciará la fiscalización efectiva con el fin de prevenir delitos como la extorsión y el sicariato, según informó el director de Tránsito, general Humberto Alvarado.

En cuanto a las sanciones, la primera infracción será castigada con una multa equivalente al 12 % de la UIT (S/ 660) y 50 puntos en el historial del conductor. Si se incurre en reincidencia, la penalidad se eleva al 24 % de la UIT (S/ 1.320) y 60 puntos, lo que podría ocasionar incluso la suspensión de la licencia. Además, el propietario del vehículo o la empresa registrada podría asumir responsabilidad solidaria.

La medida se aplicará en todos los distritos de Lima Metropolitana y el Callao, donde el estado de emergencia fue prorrogado por 30 días desde el 20 de enero de 2026. La norma contempla excepciones para el traslado de menores de edad y para miembros de las Fuerzas Armadas y la PNP. Si bien esta prohibición ya existía desde octubre pasado, el nuevo decreto establece de manera clara las infracciones y sanciones correspondientes.

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