Opinión

Crisis prematuras por cuestiones tontas

Por: Ángel Delgado Silva

¡Así como se lee! Nos referimos al interminable debate sobre la delegación de facultades legislativas, que el Gobierno exige desde hace tres meses como condición indispensable para ejecutar sus proyectos. ¡Y el asunto comenzó mal! Un borrador deslizado a la prensa quebró la expectativa y generó mil resquemores.

¡Mas su deriva fue peor! Demorar la propuesta legislativa evidenció vacilaciones en los objetivos. Y se desaprovechó asegurar los votos parlamentarios favorables al pedido.

Entrar en batalla con desventajas reales es un grave error estratégico. Fruto de la soberbia o una ingenuidad supina. ¡O ambas, quizá! ¿Acaso debería sorprender la hostilidad opositora congresal a la demanda oficialista? Incomprensible será la terca insistencia en algo que, sin bola de cristal, se adivina su rechazo. Sostener que la delegación legislativa: “en tanto funcionó en el pasado, hoy debería concederse”, denota ceguera ante la actual composición parlamentaria. En democracia, una jefatura política de verdad, que perciba un camino bloqueado, explora toda gama de alternativas.

Jamás pierde la brújula por encallar contra el primer óbice. ¡Y vaya que hay salidas! Durante estos 90 días, ¿por qué no se presentaron proyectos de ley “con carácter de urgencia” (Art. 105.° constitucional), sobre los siete puntos que el Senado pretende sumar a los ya aprobados por los Diputados? Esto sería más razonable y eficiente que hacerlo por delegación, hasta enero de 2027.

Con el plus de plantear “cuestión de confianza”, si la Cámara Baja no complaciera al Poder Ejecutivo. Además de los “decretos de urgencia” y otras especies gubernamentales, bajo un régimen presidencialista. Pero, en vez de jugar a esta baza, las facultades legislativas en liza siguen conflictuando instituciones (Ejecutivo-Congreso y entre Cámaras), enrareciendo el clima político peligrosamente.

En esta lid no se defienden intereses populares, aunque sus protagonistas se engolosinan con ellos. Quién legisla es la verdadera disputa. El Gobierno interpreta que el Art. 104.° constitucional le confiere tal derecho. No entiende que se trata de una excepción para materias especiales, por tiempo preciso y si lo quiere la voluntad del Congreso. Este no puede renunciar a la potestad legislativa, porque es su razón de ser. Salvo lo muy urgente o de alta complejidad, en todo lo demás, los legisladores jamás abdican de su función principal.

Ahora bien, pasemos de lo jurídico a lo que sería políticamente mejor: ¿legislar en gabinete cerrado o ante el país en sede congresal? Problemáticas como los servicios de inteligencia o militarizar la lucha anticriminal, ¿deben legislarse por el Gobierno o el Parlamento? El Ejecutivo, que luego administrará lo legislado, ¿lo haría a satisfacción? ¿Abandonar la separación de poderes para reducir al Congreso, cercenando su competencia legislativa? Respondamos y veremos lo fatuo de esta discusión sobre las facultades legislativas delegadas.

(*) Abogado constitucionalista

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