Política

Constitución aprueba delito de corrupción como causal para acusar a un presidente

Los delitos de corrupción, terrorismo, narcotráfico fueron incluidos como causales para que un presidente de la República puede ser acusado ante el Parlamento.

Así lo establece la modificación del artículo 117 aprobado por la Comisión de Constitución del Congreso con 16 votos a favor, 5 en contra y 6 abstenciones.

“Artículo 117.- El Presidente de la República solo puede ser acusado, durante su período, por (…) la imputación de delitos vinculados al terrorismo; al narcotráfico; a la corrupción de funcionarios: colusión, cohecho pasivo propio, cohecho pasivo impropio,  cohecho  activo transnacional,  cohecho  activo específico, negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, tráfico de influencias, y enriquecimiento ilícito; y a delitos contra los poderes del Estado y el orden constitucional: rebelión, sedición y motín”, se puede leer en el texto sustitutorio.

Además, con 18 votos a favor, 4 en contra y 3 abstenciones se  aprobó reformar el artículo 113 de la Constitución, a fin de que se incluya el concepto de incapacidad mental como causal de vacancia.

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