Economía

Conozca si le corresponde cobrar el bono de 270 soles

El Estado realizará la transferencia de dinero para iniciar el pago del subsidio

En el transcurso de la semana personal del programa Pensión 65 realizará la transferencia de dinero a los más de 4 millones 250 mil beneficiarios del bono alimentario de 270 soles que entregará el Ejecutivo a través del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

El objetivo de esta ayuda, destinada a personas en condición de pobreza y pobreza extrema, es asegurar la compra de alimentos de la canasta básica familiar.

Tras la aprobación del padrón con los más de 4´251.464 beneficiarios, el Ministerio de Economía trasfirió la semana pasada 1,171 millones 767.910 de soles para que se inicie la primera semana de noviembre la segunda etapa de pago del Bono Alimentario.

De acuerdo con el reglamento aprobado a inicios de mes por el Midis, recibirán esta ayuda personas mayores de edad que no figuren en planillas de entidades públicas o empresas privadas.

Otro de los requisitos es que el ingreso mensual del beneficiario no sea mayor a los 1025 soles. Funcionarios del Midis explicaron que por tratarse de una ayuda individual más de una persona de una misma familia puede recibir el bono.

En esta segunda fase también se atenderá a los beneficiarios de los programas Juntos, Pensión 65 y Contigo que no recibieron la subvención extraordinaria establecida en la ley 31538.

NO CALIFICAN

Quedan excluidos de recibir el bono aquellos ciudadanos que forman parte de  hogares  con algún integrante en la base de datos de las declaraciones juradas de intereses de autoridades, servidores o servidoras públicos y candidatos a cargos públicos administrada por la Contraloría General de la República.

Asimismo, se estableció que no podrán acceder a este beneficio quienes formen parte del hogar de una persona que tenga el cargo de congresista, alcalde o alcaldesa de una municipalidad distrital o provincial, regidores municipales, gobernadores regionales, consejeros regionales, vicegobernadores regionales, prefectos, subprefectos y/o tenientes gobernadores.

 

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