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Conozca los detalles de la Ley del Fonavi

Comisión Ad Hoc iniciará el proceso de devolución con la entrega del certificado CERAD a los fonavistas

La recientemente promulgada Ley 31173, que establece la devolución total de los aportes del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), contiene una serie de reglas que los fonavistas necesitan conocer para el reconocimiento de sus derechos. Según Andrés Alcántara, presidente de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú (ANFPP), hay de 20 mil millones de soles para devolver a cerca de 2 millones de aportantes. En el presente informe especial, LA NOTICIA explica una serie de aspectos importantes de establecidas y precisiones hechas por la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

En la norma se precisa, por ejemplo, que la devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo comprende: a) A todos los trabajadores, dependientes e independientes, que aportaron al fondo, a excepción de quienes se beneficiaron de sus recursos en un monto igual o mayor a su aporte; b) Se extiende a los aportes que fueron descontados de sus remuneraciones y a los aportes efectuados por sus empleadores, incluido el Estado y otros; y, c) El monto del aporte y su debida actualización conforme al artículo 1236° del Código Civil.

¿A quiénes beneficia?

La ley comprende a todos los trabajadores que aportaron al Fonavi, salvo quienes se beneficiaron de sus recursos por un monto igual o mayor a su aporte.

¿Cuándo se pagará?

El pago empezaría en junio próximo. Para ello tiene que habilitarse nuevamente la plataforma de pagos que ya ha permitido la devolución de dinero a una parte de los aportantes. Como se recordará, en noviembre del 2019 se hizo el último pago a los integrantes de la lista 19 de fonavistas compuesta por 63,458 personas. Está pendiente el pago a la lista 20.

¿Para qué se realiza la liquidación de aportes y derechos?

Para determinar el valor constante de las aportaciones aplicando el índice de precios al consumidor, y su actualización financiera empleando la tasa de interés legal.

¿Qué es el certificado CERAD?

El Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista representa el valor reconocido por la comisión Ad Hoc a ser devuelto, así como la deuda pública con el acreedor individual. Tiene naturaleza de título valor negociable y de libre disponibilidad.

¿Qué ocurre si el fonavista ha fallecido?

Los aportes al Fonavi son heredables, como si fuesen una casa o un auto.

¿Qué pasará con las deudas pendientes?

Los posesionarios de inmuebles con recursos del Fonavi y beneficiarios que adeuden al fondo podrán cancelar sus deudas en forma fraccionada hasta en 10 años. Si el pago es al contado, tendrá un descuento del 25%.

¿Cuándo se reglamentará la norma?

La ley no requiere de reglamentación. La Comisión Ad Hoc elaborará el plan operativo en el plazo de 30 días calendario a partir de la publicación de la norma.

¿Cuál es el plazo para cogerse?

El plazo para acogerse a las disposiciones se inicia al día siguiente de la aprobación y publicación de los lineamientos de gestión emitidos por la comisión Ad Hoc del Fonavi, y finaliza a los tres años de publicada la ley.

¿Cómo puedo inscribirme para la devolución?

Cuando se habilite nuevamente la plataforma de pagos, puede inscribirse mediante la página web www.fonavi-st.gob.pe

¿Qué es el formulario 1 o F1 del Fonavi?

El formulario 1 es un documento que permite registrar el historial laboral del trabajador de cara a su inscripción en el proceso de devolución de aportes del Fonavi.

¿Cómo saber si estoy inscrito en el padrón del FONAVI?

Los exaportantes al Fonavi pueden verificar si forman parte del padrón de beneficiarios en las páginas www.fonavi-st.gob.pe y www.fonavi-st.pe o llamando al teléfono (01) 6408655 o (01) 317-8888. También pueden consultar por correo electrónico: mpconsulta@fonavi-st.gob.pe

INTEGRANTES DE LA COMISIÓN AD HOC

En la nueva norma se modificó el artículo 5° de la Ley N° 29625 para incluir a otros dos representantes más de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú (ANFPP) en la Comisión Ad Hoc.

  • Dos 2 representantes del Ministerio   de Economía y Finanzas.
  • Un representante del Ministerio de la Presidencia.
  • Un representante de la Sunat.
  • Dos representantes de la ONP.
  • Cuatro representantes ANFPP, entre ellos dos de Lima y Callao, y dos de los otros departamentos del país.

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