Economía

Conozca cuánto le corresponde cobrar por trabajar el feriado del 30 de agosto

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Labora (Sunafil) recordó a los empleadores del régimen privado que corresponde realizar un triple pago por día a sus trabajadores que tengan que laborar este 30 de agosto, declarado feriado nacional en conmemoración de Santa Rosa de Lima.

Las tres remuneraciones están basadas en: una remuneración por el día feriado, una remuneración por el trabajo que realiza y una sobretasa del 100 % Precisó que este mismo beneficio les corresponde a los trabajadores que están en la modalidad de teletrabajo.

Cabe señalar que el incumplimiento de las disposiciones relacionadas con los descansos remunerados en días feriados es considerado una infracción muy grave en materia de relaciones laborales.

Las multas por incumplimiento son las siguientes: si es una microempresa, la multa oscila entre S/ 1,138.50 y S/ 3,366. Si se trata de una pequeña empresa, la multa se establece entre S/ 3,811.50 y S/ 37,867.50. Si no es una pyme, la multa se considerará entre S/ 13,018.50 y S/ 260,023.50.

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