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Congreso aprueba que presidente del JNE sea elegido por su Pleno y reduzca su cargo a dos años

El Congreso aprobó, el 29 de octubre, una reforma constitucional que modifica cuatro artículos de la Constitución para cambiar el proceso de elección del presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). El dictamen, denominado “Ley de reforma constitucional de los artículos 179, 180, 182 y 183 de la Constitución Política del Perú, para fortalecer la neutralidad, independencia e imparcialidad en el sistema electoral”, obtuvo 20 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones en la Comisión de Constitución.

Con esta modificación, el presidente del JNE ya no será designado por la Corte Suprema como su representante, sino que será elegido directamente por los cinco miembros del Pleno del organismo, quienes provienen de distintas instituciones. Además, el periodo de gestión se reduce de cuatro a dos años sin posibilidad de reelección, implementando así una presidencia rotativa para garantizar la imparcialidad.

El artículo 180 también sufrió cambios importantes, estableciendo que los miembros del Pleno del JNE deben tener entre 45 y 70 años y que su mandato será de cuatro años, sin opción a reelección. La ley también prevé una renovación alternada de estos miembros cada dos años, promoviendo la alternancia en la administración del organismo electoral.

Esta reforma responde a la necesidad de que el JNE, al igual que otras instituciones constitucionalmente autónomas como la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional, tenga la capacidad de elegir a su propio presidente. Esto busca fortalecer la democracia y la separación de poderes en el país, garantizando una mayor neutralidad e independencia en el sistema electoral.

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