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Condena de César Acuña es reducida a prisión suspendida

Por ausencia de antecedentes penales, su sanción inicial de dos años se redujo a un año y seis meses

César Acuña Peralta, el líder del partido Alianza para el Progreso (APP) es condenado a un año y seis meses de prisión suspendida por violación a la libertad de trabajo.

Así lo decretó el Juzgado Penal Unipersonal de La Libertad, reescribiendo la resolución judicial emitida el 20 de mayo de 2026, la cual halló a Acuña culpable de incumplir una sentencia laboral en favor de una docente jubilada.

Tras el fallecimiento de la docente, si hijo representó su caso y la corte decidió que Acuña debía remunerarlo económicamente por S/.88’525 como respuesta a una bonificación no percibida en vida.

El incumplimiento de esta sentencia inicial llevó a la corte a sancionar al líder de Alianza para el Progreso con dos años de prisión.

No obstante, por no contar con antecedentes penales y superar los 65 años de edad, se optó por reducir su sentencia a un año y seis meses de ejecución suspendida. Bajo esta sentencia, César Acuña no podrá cambiar de domicilio sin autorización judicial, deberá justificar sus actividades cada 30 días ante la Oficina de Control, reparar económicamente a los deudos de la docente por S/97’377 y ofrecer la reparación civil inicial.

Esta sentencia puede ser extendida o modificada si Acuña reincide en delitos similares.

La defensa legal de César Acuña ya presentó una apelación bajo la ausencia de una notificación válida en su domicilio real y el precepto de que el Ministerio de Economía y Finanzas se debe encargar de la administración de fondos presupuestales para deudas laborales.

No solo esto, sino que el excongresista Luis Valdez acusó de parcialidad a la magistrada a cargo del fallo por vínculos políticos.

«La jueza es familiar política de Arturo Fernández. Ella, en otro proceso en donde interviene el señor Arturo Fernández, se inhibe a razón de que es familiar del señor. Cómo es que siendo familiar de un adversario político del señor Acuña emite esta resolución aun sabiendo que él nunca tuvo conocimiento de este mandato judicial para cumplir con una supuesta obligación laboral»

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