Aprueban reglamento para otorgar Bono de Escolaridad de 400 soles
Beneficio está dirigido a trabajadores y pensionistas del sector público

El Ejecutivo aprobó las disposiciones reglamentarias para el pago de la Bonificación por Escolaridad para el Año Fiscal 2025 de 400 soles, en beneficio de trabajadores y pensionistas del sector público.
De acuerdo al Decreto Supremo Nº 002-2025-EF, la Bonificación por Escolaridad le corresponderá a los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, la Ley N° 29944 y la Ley N° 30512; los docentes universitarios a los que se refiere la Ley N° 30220; el personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153.
Asimismo, lo recibirán los obreros permanentes y eventuales del Sector Público; el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; y los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.
También, beneficiará a los servidores penitenciarios perciben la Bonificación por Escolaridad de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 24 de la Ley N° 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria.
El Bono por Escolaridad también se otorga a los trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada perciben la Bonificación por Escolaridad, conforme al numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley N° 32185. El decreto estipula que la bonificación será abonada una sola vez en la planilla de pagos correspondiente a junio de 2025.
Esto aplica tanto para los trabajadores en servicio activo como para los pensionistas que cumplan con los requisitos.
REQUISITOS
Realizar labores efectivas al mes de junio de 2025. También se incluyen a quienes estén de vacaciones, en licencia con goce de remuneraciones o percibiendo subsidios de acuerdo con la Ley N.º 26790.
Tener una antigüedad mínima de tres meses en el cargo a junio de 2025. Para quienes no alcancen este periodo, el beneficio será abonado de manera proporcional al tiempo efectivamente laborado.
Cumplir con las condiciones del régimen laboral aplicable (docentes y personal contratado bajo la Ley N.º 29944).