Opinión

La muerte lenta de la Tercerización Laboral

Por: Julio Palomino Meza

Ya lo habíamos comentado en notas anteriores, poco o nada le interesó a la ministra de Trabajo sacar adelante uno de los puntos de la tan mentada Agenda 19, y ahora a través de una norma contenida en un Decreto Supremo se dispuso modificar parcialmente la Ley de Tercerización Laboral.

Se ha publicado el Decreto Supremo No 001-2022-TR, a través del cual se ha dispuesto la prohibición de la tercerización de las actividades que estén relacionadas al núcleo del negocio de las empresas, y además se otorga un plazo de 180 días para que se cumpla con adecuarse a la norma.

Definitivamente sacar adelante la Agenda 19 es una tarea que Maraví Olarte ha dejado en la actual ministra de Trabajo Betssy Chávez, y el cumplimiento de ello se viene dando a complacencia del Ejecutivo, y solo para satisfacer caprichos populistas.

La posición de nuestras autoridades, denota que poco o nada le interesa que nuestro país haya sufrido los avatares y golpes de la pandemia por el Covid-19, y por ello gran parte del sector empleador ha tenido que cerrar operaciones, y otros se vienen sosteniendo del día a día sin una recuperación positiva a nivel financiero y laboral.

Sabemos que en el arranque del 2022 la reactivación económica no se ha dado al cien por ciento, muchas empresas luchan por subsistir y otras simplemente han pasado a formar parte de un pretendido emprendimiento frustrado y de poca data.

La tercerización laboral nació como un complemento a la actividad empresarial, y ha sido bien utilizada por muchas empresas, generando puestos de trabajo formales y beneficiando a muchas familias de nuestro país.

Con la modificatoria antes descrita, se entendería que la empresa usuaria, tendría que contratar de manera directa a los trabajadores que desarrollen actividades relacionadas al núcleo de su negocio, vale decir de su actividad principal.

Debe entenderse como actividad principal aquella que resulta ser consustancial al giro propio de su negocio, por ejemplo, las actividades de las diferentes etapas del proceso productivo de bienes y de prestación de servicios, exploración, explotación, transformación, producción, organización administrativa, y toda actividad sin cuya ejecución se vería afectado el funcionamiento de la propia empresa no forman parte del núcleo del negocio, y por lo tanto si podrían seguir siendo tercerizadas.

También podría operar la desnaturalización de la tercerización, lo que traería como consecuencia que la empresa principal tenga que incluir a los trabajadores desplazados a su planilla directa.

Acarrear más cargas y problemas al sector empleador no es la solución para frenar la informalidad laboral, por el contrario, espanta la contratación legal laboral, y agudiza la crisis que viven todos los empresarios peruanos.

Se sigue sosteniendo que, a través de la tercerización, se vulnerarían los derechos de los trabajadores, y ello no se ajusta a la realidad, pues la informalidad laboral sigue en ascenso, nadie contrata en planillas, la gran mayoría de empresas asume el riesgo de contratar por recibos por honorarios sin respetar las modalidades de contratación permitidas legalmente, y no necesariamente porque las empresas tercerizan sus servicios.

Finalmente, creemos que la muerte lenta de la tercerización ya había concebida desde mucho antes, y no solo pondrá en aprietos a muchos empleadores a partir de la fecha, sino también a los trabajadores.

Esta historia continuará….

Si deseas conocer más sobre este tema, puedes escribirnos a [email protected], al teléfono 997936073. Visita nuestras redes sociales www.estudiojpalominoyasociados.com, LinkedIn y Facebook como Julio César Palomino Meza.

*Abogado Laboralista

(*) La empresa no se responsabiliza por los artículos firmados.

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