
El pedido de 66 facultades legislativas que el Ejecutivo presentó a fines de agosto tiene fecha de caducidad, y el Congreso la está tratando como una sugerencia. El artículo 116 del Reglamento de la Cámara de Diputados obliga a resolver las proposiciones urgentes dentro de un plazo improrrogable de quince días hábiles, que en este caso vence a más tardar el 22 de septiembre. La Comisión de Constitución, en lugar de cumplirlo, ya anunció que recién debatirá el dictamen el 28, después de la semana de representación. Mi posición es clara: un plazo que la propia norma califica de improrrogable no admite prórrogas de hecho, y su incumplimiento erosiona algo más grande que un trámite: la relación entre los poderes del Estado.
El artículo 104 de la Constitución no delega en blanco. Exige materia específica y plazo determinado, y reserva un núcleo indelegable —reforma constitucional, tratados, leyes orgánicas, presupuesto— que ni la Comisión Permanente ni el Ejecutivo pueden tocar por decreto. Ese diseño no busca entorpecer al gobierno de turno; busca que la excepción legislativa siga siendo excepción, medible y acotada.
El Reglamento de Diputados completa esa arquitectura con un candado temporal. El artículo 116 existe para que ninguna solicitud de facultades quede indefinidamente en comisión ni sirva de pretexto para desplazar a un poder por la vía de la demora. Cuando ese plazo vence sin dictamen no que da un vacío neutral: queda una norma incumplida, y el Congreso no puede invocar mañana la misma legalidad que hoy posterga.
A esto se suma un límite que rara vez se discute con la seriedad que merece. Entre las materias solicitadas figura un mayor rol de las Fuerzas Armadas en el orden interno. La Corte Interamericana ha sido constante: la seguridad ciudadana corresponde a la policía, y la intervención militar solo se justifica de forma excepcional, subordinada a la autoridad civil y limitada en el tiempo. Delegar esa materia sin ese marco abre una puerta que los estándares interamericanos mantienen cerrada con llave y candado.
Vale rescatar, además, una lectura institucional. Ocho comisiones ordinarias declararon no viable el pedido, varias de ellas afines al propio oficialismo. Eso confirma que los pesos y contrapesos funcionan más allá de los alineamientos partidarios. Y que se discuta si el Senado puede revivir en bloque lo que Diputados recortó demuestra que el bicameralismo recién estrenado necesita reglas propias, no atajos que borren el trabajo de la cámara de origen.
Un plazo improrrogable que se posterga no es flexibilidad institucional: es la Constitución cediendo terreno por goteo. El Estado de derecho no se mide por la urgencia de sus problemas, sino por la disciplina con que sus poderes respetan las reglas que ellos mismos se dieron. El Congreso tiene la última palabra sobre las facultades solicitadas. Lo que no tiene es la potestad de decidir, por su propia demora, cuándo empieza a regir el reglamento que lo obliga.
(*) Catedrático
