⚡Lo último📰Actualidad🏛️Política

Juez paraliza transferencia de 63% de acciones de importante grupo editorial, equivalente a US$ 50 millones

  • Tres accionistas minoritarios sostienen que ejercieron su derecho de adquisición preferente sobre 173,6 millones de acciones, mientras la compañía afirma que no cumplieron correctamente las condiciones de la oferta.

Una operación societaria valorizada en alrededor de US$50 millones terminó en una controversia judicial y arbitral por el derecho de adquisición preferente de un paquete de 173’671,569 acciones, equivalente aproximadamente al 63% de una importante empresa editorial. La disputa enfrenta a tres accionistas minoritarios con la compañía y se relaciona con una operación en la que fueron identificados como compradores Inversiones Newscorp S.A.C. y César Emilio Rodríguez Larraín Salinas.

Según trascendió sobre el origen del caso, en mayo de 2026 un grupo de 79 accionistas habría comunicado su intención de transferir el 63 % del capital social de la firma. La propuesta inicial fijaba un valor de US$ 0.1722 por acción e identificaba como supuestos compradores a Inversiones Newscorp S.A.C. y a César Emilio Rodríguez Larraín Salinas.

En el marco del procedimiento establecido en los estatutos, se informó a los demás socios sobre la oferta para que evaluaran hacer uso de su opción preferente. Cumplido el plazo en julio, tres accionistas minoritarios señalaron haber presentado formalmente su intención de adquirir la totalidad del paquete ofertado en las mismas condiciones económicas.

Sin embargo, la compañía habría manifestado que dicha opción no se habría configurado de manera correcta, argumentando el presunto incumplimiento de ciertas exigencias ligadas a renuncias de derechos societarios que sí habrían presentado los compradores iniciales. Esta discrepancia originó posturas encontradas entre las partes sobre la validez del trámite.

Ante este panorama, los tres accionistas solicitantes acudieron a la vía judicial, donde se concedió una medida cautelar que dispone suspender de manera temporal la transferencia de las acciones. La medida busca congelar la situación del paquete accionario mientras el fondo del asunto se resuelve en la instancia correspondiente.

El abogado Claudio Cajina, en representación de los minoritarios, sostiene la postura de que sus patrocinados habrían cumplido con comunicar su decisión dentro del plazo y bajo los parámetros del estatuto. Según su interpretación, las condiciones adicionales exigidas no formarían parte de los requisitos ordinarios para validar la preferencia.

Por otro lado, la relevancia de la transacción —que comprende cerca del 63 % de la titularidad de la empresa— mantiene la expectativa en el ámbito mercantil. El desenlace de la controversia, que también fue derivado al Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, definirá la eventual reconfiguración en la estructura de la entidad.

En el plano judicial, el abogado Roberto Cáceres, representante del juez a cargo de la medida cautelar, recordó oportunamente que las resoluciones emitidas son susceptibles de apelación y revisión por una Sala Superior, donde las partes involucradas pueden hacer valer sus argumentos conforme a ley.

Cáceres también argumentó que los cuestionamientos difundidos en medios sobre pasados procesos o investigaciones al magistrado no constituyen condenas ni determinan responsabilidad penal. Indicó además que la evaluación de las decisiones judiciales debe remitirse estrictamente a sus fundamentos técnicos y legales.

Las decisiones sobre el juez también pueden ser revisadas

La participación del juez Varillas Solano en la medida cautelar ha generado además cuestionamientos sobre sus antecedentes. Roberto Cáceres, abogado del magistrado, señaló que las resoluciones judiciales cuentan con mecanismos de revisión y que las partes pueden impugnarlas si consideran que les generan un agravio.

“Toda resolución judicial es notificada a las partes, quienes tienen el derecho de apelar si consideran que la misma les causa algún agravio. Será la Sala Superior quien decidirá si lo resuelto por el Dr. Varillas es conforme a derecho”, declaró Cáceres.

El abogado también se refirió a investigaciones y antecedentes que han sido asociados públicamente al magistrado. En ese contexto, sostuvo que una denuncia o investigación no equivale por sí misma a una condena.

Entre los casos mencionados por la defensa figuran el denominado caso Peña Aparicio, referencias al caso Cuellos Blancos y el expediente relacionado con Orellana/Oncoserv.

Respecto de este último, Cáceres afirmó que la investigación concluyó con un sobreseimiento definitivo. Asimismo, sostuvo que Varillas no registra una sentencia condenatoria y negó que exista una sanción administrativa por corrupción en su contra.

Mientras el proceso arbitral sigue su curso sin un fallo definitivo, el paquete de acciones permanece bajo el resguardo de la medida cautelar. Serán los tribunales y el fuero arbitral los encargados de determinar, con base en las pruebas, a quién le corresponde la titularidad de la operación.

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba