
Se cometen asesinatos, sicariatos, extorsiones, tomas de carretera e inclusive marchas, con resultado de lesiones graves o muertes de algunos manifestantes. Sin embargo, no conocemos que instigadores hayan sido denunciados y sancionados penalmente. — Artículo 4 del CP. Instigador: “El que dolosamente determina a otro a cometer el hecho punible será reprimido con la pena que le corresponde al autor”. En forma continua matan a diversas personas, valiéndose de sicarios —inclusive hasta niños— disparando contra los buses de transporte público —por no pagar cupos a extorsionadores—, delitos que se han incrementado en forma alarmante.
En algunas oportunidades se identifica y detiene a los autores materiales. Pero los instigadores, autores mediatos y los que financian o instigan la comisión de estos hechos delictivos NO SE CONOCE SU IDENTIDAD.
Asimismo, se producen tomas de carreteras propiciadas por “dirigentes” e instigadores; la pena es de 4 a 6 años y para casos agravados de 8 a 10. Nos preguntamos: ¿algún dirigente o instigador y autores materiales que están en flagrante delito no son denunciados? No podemos admitir que autores o instigadores de hechos delictivos pongan como condición no ser denunciados para acceder a liberar las carreteras.
En la actualidad, instigadores —políticos, dirigentes de asociaciones, etc.— nos amenazan, incentivando que “airados protestantes” viajen a Lima denunciando “supuesto fraude electoral”; y no decían nada “mientras” el conteo los favorecía. El derecho de una persona termina donde empieza el derecho de terceros.
Es importante tener en cuenta que, de producirse muerte o lesiones graves de alguno o algunos de los “marchantes”, deben responder los que motivan, financian e instigan, pues a las finales verificamos que determinadas ONG, so pretexto de defender a las víctimas, denuncian sindicando como únicos responsables al presidente de la República, premier, ministro de Defensa, del Interior y policías; pero los verdaderos responsables no son denunciados, menos investigados y sancionados.
En el caso de Bryan e Inti, se comprobó que la muerte fue causada por armas artesanales, que lógicamente no utiliza la policía, y lo más grave: se sostuvo que los instigadores “contrataron a integrantes de las barras bravas para que se infiltren en las marchas de protestas”; y se propaló un video donde un sujeto decía “necesitamos un muerto”, pero los fiscales y la policía se negaron a investigar, en el gobierno de Sagasti, pues estas conclusiones fueron puestas a su conocimiento por el ministro del Interior.
Para combatir el incremento de la delincuencia, no es mediante la aprobación y promulgación de nuevas leyes. Lo real y concreto es que no hay planes ni estrategias para evitar la consumación de actos delictivos. Algo tan simple como que la policía está facultada para “retener” a una persona sospechosa hasta por 4 horas de acuerdo con el CPP, para identificarla, y si no tiene documentos, está con orden de captura o es extranjera y su ingreso ha sido ilegal, se actúa poniéndola a disposición de las autoridades por estar violando la ley.
No se denuncia a fiscales que ponen en libertad a avezados delincuentes; y no denuncian por terrorismo a los que poseen o utilizan artefactos explosivos en la comisión de delitos. Quienes ejercemos la abogacía comprobamos que algunos jueces detienen o sentencian a gente inocente y los verdaderos delincuentes están libres. Con gran estupor, tomamos conocimiento de que un exministro del Interior y el actual Defensor del Pueblo denuncian que altos mandos policiales están involucrados con bandas criminales y NO PASA NADA.
(*) Exdecano del CAL

