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Aprueban nuevas garantías laborales para trabajadores con diagnóstico de cáncer

Nuevas disposiciones legales han sido aprobadas para reforzar la protección de los trabajadores diagnosticados con cáncer tanto en el sector público como en el privado. La medida tiene como finalidad prevenir actos de discriminación laboral y garantizar que las personas afectadas por esta enfermedad puedan conservar sus puestos de trabajo mientras reciben tratamiento médico.

La normativa, establecida mediante el Decreto Supremo N.° 008-2026-TR, adecúa diversos regímenes laborales a lo dispuesto en la Ley N.° 32431. Entre sus principales alcances destaca el reconocimiento de la nulidad de cualquier despido, cese o terminación laboral que tenga como motivo directo el diagnóstico de cáncer, los tratamientos médicos o las secuelas derivadas de la enfermedad.

Asimismo, se incorpora una presunción de nulidad en aquellos casos donde el empleador no logre demostrar una causa objetiva y ajena al estado de salud del trabajador para justificar su desvinculación. Para acceder a esta protección, será necesario que el empleador tenga conocimiento previo del diagnóstico, el cual deberá ser acreditado mediante un certificado médico emitido por un profesional autorizado de una institución pública o privada.

Además de las garantías frente al despido, la norma contempla medidas destinadas a facilitar la continuidad laboral de los pacientes oncológicos. Entre ellas se encuentran la flexibilización de horarios, la posibilidad de realizar teletrabajo y la asignación de funciones compatibles con su condición de salud. Con estas acciones, el Estado busca fortalecer la protección de los derechos laborales de quienes enfrentan esta enfermedad.

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