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AAP advierte: motos y trimotos eléctricas no son movilidad personal y deben contar con placa, SOAT y licencia

La Asociación Automotriz del Perú (AAP) exhortó a la ciudadanía a no confundir las motos y trimotos eléctricas con vehículos de movilidad personal (VMP), precisando que estos forman parte de la categoría de vehículos automotores y, por tanto, deben cumplir con requisitos obligatorios como placa, SOAT y licencia de conducir.

El pronunciamiento se da ante el aumento de estos vehículos en calles de Lima y otras regiones, donde muchos usuarios y comerciantes los promocionan erróneamente como medios de transporte livianos sin exigencias regulatorias. Sin embargo, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ya ha establecido diferencias claras entre ambos tipos de vehículos.

De acuerdo con la normativa, los VMP —como scooters o monopatines eléctricos— están diseñados para una sola persona, alcanzan velocidades de hasta 25 km/h y no requieren placa ni SOAT. Estos solo pueden circular por ciclovías o vías con velocidad máxima de 40 km/h, siempre por el carril derecho.

En contraste, las motos eléctricas pertenecen a la categoría L1 y las trimotos a la categoría L2, por lo que sí están sujetas a registro vehicular, uso de placa, seguro obligatorio y licencia de conducir. En ese sentido, la AAP enfatizó que “la tecnología no elimina las obligaciones de seguridad. Que un vehículo sea eléctrico no significa que deje de ser automotor”, señaló el gerente de Asuntos Técnicos de la institución, Ellioth Tarazona.

Finalmente, la AAP advirtió que el uso indebido de estos vehículos en veredas o vías no autorizadas incrementa el riesgo de accidentes y representa un problema creciente de seguridad vial, por lo que instó a respetar la normativa vigente para evitar sanciones y proteger a peatones y conductores.

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