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MTC podrá declarar en emergencia al servicio público de transporte ante peligros

Este sábado 24 de enero se publicó el Decreto Legislativo N.° 1704, mediante el cual se faculta al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a declarar en emergencia el servicio público de transporte, en el marco de acciones orientadas a reforzar la seguridad y combatir la criminalidad.

La norma otorga al Poder Ejecutivo atribuciones por un periodo de 60 días calendario para establecer el marco legal que permita garantizar la continuidad del servicio. Así, el MTC podrá declarar la emergencia cuando el transporte público sea restringido, interrumpido o cuando se vea comprometida la seguridad de los usuarios.

Asimismo, el ministro de Transportes, Aldo Prieto, queda autorizado para activar la declaratoria de emergencia ante daños o riesgos inminentes en la infraestructura de transporte. Estas intervenciones podrán tener una duración de hasta 180 días calendario, con opción de prórroga, y permitirán realizar contrataciones directas conforme a la Ley de Contrataciones Públicas.

Durante la vigencia de la emergencia, el MTC podrá ejecutar acciones inmediatas para restablecer el servicio, incluso en infraestructura concesionada o administrada por gobiernos regionales y locales. Las medidas se financiarán con el presupuesto institucional del ministerio y no implicarán gastos adicionales para el Tesoro Público.

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