
El Tribunal Constitucional (TC) ordenó la reposición de Tomás Aladino Gálvez Villegas como fiscal supremo titular, luego de declarar fundada la demanda de amparo que interpuso contra la sanción impuesta por la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
En su resolución, el TC declaró nulo el procedimiento disciplinario que se inició contra Tomás Gálvez en febrero de 2020, así como todas las resoluciones emitidas en el marco de dicho procedimiento, dejando a salvo la competencia de la JNJ para iniciar un nuevo proceso disciplinario. “En consecuencia, ordenar la reposición de don Tomás Aladino Gálvez Villegas al cargo de fiscal supremo titular que venía ejerciendo”, se lee en el documento.
El tribunal resolvió que se violaron los derechos de Gálvez Villegas al no realizar una investigación preliminar y que la resolución mediante la cual se le destituyó no fue debidamente motivada.
La sentencia, que consideró que se lesionó el derecho de Tomás Gálvez al debido procedimiento administrativo, contó con los votos a favor de Luz Pacheco Zerga, presidenta del organismo constitucional, Francisco Morales Saravia, Gustavo Gutiérrez Ticse y Pedro Hernández Chávez. En contra votaron Helder Domínguez Haro, Manuel Monteagudo Valdez y César Ochoa Cardich.
Cabe recordar que, en abril de 2021, el Pleno de la JNJ aprobó la destitución como fiscal supremo de Gálvez Villegas, quien fue miembro de la Junta de Fiscales Supremos y ocupó una posición preponderante dentro del Ministerio Público, por sus presuntos vínculos con el caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”. Dicha decisión se tomó cuando él se encontraba internado en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Guillermo Almenara de EsSalud, luchando contra complicaciones derivadas del COVID-19.
ACUSACIÓN FUE CON PRUEBAS ILÍCITAS Y RECORTES PERIODÍSTICOS
Según el recurso presentado por Tomás Gálcez, se instauró en su contra el procedimiento inmediato con menores garantías procesales puesto que no se cumplieron los requisitos establecidos. Adujo, además, que se basó únicamente en pruebas ilícitas y recortes periodísticos por lo que no existió una prueba evidente que justifique un procedimiento de esta naturaleza.