Julio Rodríguez: “Corte IDH no puede dar órdenes al Estado”
Abogado penalista afirma que debe prevalecer principio de la soberanía

El abogado penalista Julio Rodríguez advirtió que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) no tiene la facultad de imponer disposiciones al Perú, como cuando invocó al Ejecutivo no promulgar la ley de amnistía.
“La Corte no le puede dar órdenes a un Estado, acá, lamentablemente, no se comprende el principio trascendental que es el de soberanía. Incluso en la Unión Europea el principio la dureza del principio de soberanía permite todavía hasta el día de hoy que los estados mantengan sus códigos penales distintos, seguramente hay coordinaciones para que no haya diferencias tan grandes, pero mantiene su código penal por principio de soberanía”, afirmó.
En tal sentido, explicó que, para valorar si una norma es inconstitucional, tiene dos caminos, el control difuso y el control concentrado, y este, dijo, proviene del Tribunal Constitucional. “Solo en ese entonces la Corte puede emitir recomendaciones, pero no le puede dar órdenes a un estado y menos a los jueces de otro país en aplicar una norma”, apuntó.
El último sábado, el Gobierno rechazó de manera contundente la resolución emitida por la Corte IDH el pasado 3 de septiembre, en el marco de la supervisión de cumplimiento de las sentencias sobre los casos Barrios Altos y La Cantuta. En un pronunciamiento oficial, el Ejecutivo calificó de “inaceptable” la decisión del tribunal y anunció que evalúa su permanencia en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
En tanto, el Poder Judicial declaró ayer infundado el pedido de la defensa de ocho exmiembros del Ejército peruano para que se aplique en su caso la Ley de Amnistía para miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y los comités de autodefensa que cometieron delitos en el marco de la lucha contrasubversiva entre los años 1980 y 2000.
