ONP: Hijos mayores de edad pueden seguir recibiendo pensión de orfandad
¿Sabías que este beneficio puede extenderse hasta culminar sus estudios?

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) informó que este ingreso económico puede extenderse una vez cumplida la mayoría de edad, siempre que sigan estudios de nivel básico o superior de forma ininterrumpida.
La pensión de orfandad es un beneficio que pueden solicitar hijos menores de edad de pensionistas o afiliados fallecidos del Sistema Nacional de Pensiones y para que se prorrogue este beneficio se requiere acreditar el periodo de estudios con copia simple de la constancia de ingreso, matrícula, reporte de notas o certificado de estudios. Pueden ser de primaria, secundaria, instituto técnico o universidad. Esto debe ser revalidado cada ciclo de estudios.
Cómo solicitar la pensión
Para solicitar esta pensión con una videollamada puede ingresar a onpvirtual.pe elegir el perfil “Soy familiar” opción “Pensión para hija o hijo”. Registrar el tipo y número de documento de identidad del hijo mayor de edad y del familiar fallecido. Al darle clic al botón “Iniciar videollamada” será orientado por un asesor de la ONP. El horario de atención del servicio de videollamada es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Monto de la pensión
La pensión de orfandad puede ser como máximo el 50 % de la pensión que recibía o hubiese recibido el titular, este monto se divide entre los hijos que cumplan los requisitos para acceder a este beneficio.
La Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano (Ley N° 32123), incrementó el monto de la pensión mínima para familiares a S/ 400. El pago se realiza por semestre, por lo que se debe acreditar que completó los estudios.
Los beneficiarios mayores de edad pueden elegir que se les pague a través de cinco entidades bancarias: Banco de la Nación, Banco BBVA, Interbank, GNB y Banbif.
Para orientación puede comunicarse a ONP Te escucha (01) 634 2222 opción 1 de lunes a viernes de 8:00 a 5:30 p.m.




