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Herederos podrán registrarse desde el 29 de diciembre para cobrar el Fonavi

Los herederos de los fonavistas fallecidos, a los que les corresponde cobrar en el Grupo 22 podrán registrarse para la devolución de aportes, a partir del lunes 29 de diciembre.

Así lo establece el cronograma establecido por el Banco de la Nación, para este nuevo proceso de devolución en favor de casi 32,000 ex aportantes, que cobrará por primera vez. Para reclamar la devolución de aportes, los herederos, además del DNI deben presentar algunos documentos, según el grado de parentesco.

En el caso del cónyuge se pide copia certificada del acta o partida de matrimonio (anverso y reverso), mientras que al conviviente se le pide un certificado de inscripción actualizado en el Registro de Personas Naturales (Sunarp), donde conste la unión de hecho. A los hijos, se les exige copia certificada del acta o partida de nacimiento (anverso y reverso), tanto del solicitante como de los demás beneficiarios declarados.

Los padres necesitan una copia certificada del acta o partida de nacimiento (anverso y reverso) del fonavista fallecido; y los hermanos adicionalmente la partida de nacimiento del solicitante y de los demás beneficiarios declarados, todas con una antigüedad no mayor de 30 días calendario.

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