La ley 32032, oficializada por el Congreso, simplificará el procedimiento para la solicitud de suspensión, cancelación o baja de servicios públicos.
La norma señala que los usuarios de los servicios de telecomunicaciones, gas natural, saneamiento, agua potable y electricidad podrán solicitar a las empresas proveedoras, a través de todos sus canales de atención, la suspensión temporal, la cancelación o la baja del servicio.
El acceso a dichas solicitudes debe encontrarse en el menú de inicio de las respectivas páginas web, aplicaciones oficiales y canales telefónicos.
En el caso de los servicios de electricidad y de gas natural, la solicitud de suspensión temporal, de cancelación o de baja del servicio solo puede ser invocada por el propietario del inmueble, el titular del suministro o el usuario del servicio instalado.