Reajuste de pensiones en las FF. AA. y la PNP es permanente
Decreto supremo publicado ayer precisa beneficio

Los pensionistas de las Fuerzas Armadas (FF. AA.) y de la Policía Nacional del Perú (PNP) reciben una buena noticia. El Decreto Supremo N.º 057-2025-EF, publicado ayer en las Normas Legales de El Peruano, precisa que el reajuste de las pensiones a favor del personal militar y policial del montepío será pensionable y permanente.
La norma tiene por objeto modificar el numeral 3.4 del artículo 3 del Decreto Supremo N.º 004- 2025-EF, que aprobó el primer reajuste de pensiones a favor del personal militar de las FF. AA. y la PNP. Cabe indicar que, en el Decreto Supremo N.º 004-2025- EF del 19 de enero del 2025 se establecía que el reajuste no forma parte de la remuneración consolidada, ni constituye un aumento de la pensión. Asimismo, se precisaba que el reajuste se otorgaba a los pensionistas del régimen previsional del Decreto Ley N.º 19846 y del Montepío en situación de retiro a la fecha de emisión del decreto supremo.
El reajuste de las pensiones aplica tanto al personal oficial como al técnico y suboficial en situación de retiro. Para los oficiales, los incrementos irán desde S/ 1,028.76, asignados a los grados más altos, como el de general de división, hasta S/ 265.57, para los subtenientes y equivalentes en otras ramas.
Por su parte, los técnicos y suboficiales recibirán incrementos que oscilan entre S/ 321.03 y S/ 237.38, dependiendo de su nivel jerárquico al momento de la jubilación. El reajuste responde al grado remunerativo del pensionista en el momento de su retiro.