Opinión

El proyecto e idea de eliminar la Junta Nacional de Justicia (XI)

Por: Iván Pedro Guevara Vásquez

No teniendo antecedente alguno en el mundo sobre una Escuela Judicial o una Escuela de la Magistratura que nombre magistrados; es decir, jueces y fiscales titulares, porque sencillamente las Escuelas judiciales solamente pueden dedicarse a su función propedéutica y académica de formar y capacitar a jueces y fiscales de los diferentes niveles del Poder Judicial y/o del Ministerio Público, estando vedada para las mismas la función constitucional del nombramiento, no se entiende en lo absoluto la lógica que maneja la comisión especial de reforma del sistema de justicia, presidida por la actual congresista Alva.

En realidad, viene a ser un despropósito hablar de una “Escuela nacional de justicia” que nombre jueces y fiscales de todos los niveles, y encima que nombre al Jefe de la ONPE (Oficina Nacional de Procesos Electorales), al Jefe del RENIEC (Registro Nacional de Identificación y Estado Civil), al Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y al Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público.

Queda claro a nivel mundial que no es misión ni tarea de una Escuela Judicial o de la Magistratura el nombramiento de magistrados, al ser más bien su misión netamente académica; esto es, la formación y capacitación de los magistrados (jueces y fiscales).

Por ese motivo no se entiende el propósito de la reforma que plantea la referida comisión congresal, porque si no existe antecedente alguno de una Escuela Judicial o de la Magistratura que nombre a los jueces y fiscales, ¿por qué motivo la comisión presidida por la congresista Alva plantea la eliminación de la Junta Nacional de Justicia?

No se aprecia razón o lógica válidas para plantear la eliminación de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y colocar en su lugar a una pretendida “Escuela Nacional de Justicia”, que no solamente forme y capacite magistrados, sino que también los nombre cuando la sola función de nombrar implica una delicada tarea que abarca toda una normatividad especial y procesos de gestión para llevar a cabo y con éxito transparentes procesos de concursos públicos de méritos diseñados con diversas etapas desde el primer filtro del examen escrito de conocimientos hasta la entrevista personal como etapa final ante el pleno de la JNJ.

¿Se imaginan sumarle a tal función constitucional de nombramiento, la función de formación y capacitación de magistrados?

La JNJ reemplazó al antiguo y extinto CNM mediante referéndum del 9 de diciembre de 2018.

(*) Miembro suplente de la Junta Nacional de Justicia.

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