
El Poder Judicial declaró infundado el requerimiento de suspensión preventiva de 36 meses del cargo contra el exfiscal supremo Tomás Gálvez Villegas, cuya reposición fue ordenada por el Tribunal Constitucional. La medida fue solicitada por la fiscal de la Nación, Delia Espinoza Valenzuela, como parte de la investigación seguida por presunta pertenencia a la organización criminal “Los Cuellos Blancos del Puerto”.
La decisión fue tomada el juez Juan Carlos Checkley, quien alegó que la acusación contra Gálvez Villegas es un proceso que está en manos del Congreso de la República, institución que debe determinar la responsabilidad.
El magistrado también consideró que el exfiscal supremo no ocupa función pública desde hace varios años. “A la fecha no se evidencia un peligro concreto, más aún porque el investigado no es funcionario público en funciones”, se lee en resolución.
En tal sentido, Tomás Gálvez tiene la vía libre para retomar sus funciones como fiscal supremo. Hace unos días, el exfiscal de la Nación, Pedro Chávarry, señaló en La Noticia que Tomás Gálvez fue destituido en un proceso plagado de vicios y arbitrariedades. Recordó que el fiscal estaba internado en UCI por COVID-19 y la anterior Junta Nacional de Justicia lo tomó como una rebeldía porque no contestaba las notificaciones, y se le destituyó por no haber contestado al requerimiento de informe que le habían solicitado.
Chávarry expresó que en el Ministerio Público hay varios fiscales, como Zoraida Ávalos y Pablo Sánchez, que temen el retorno de Gálvez Villegas porque conoce la forma en que se ha venido conduciendo dicha institución.
VENCE PLAZO PARA RESTITUIRLE TÍTULO DE FISCAL SUPREMO
Cabe recordar que el Décimo Juzgado Constitucional de Lima determinó como plazo máximo 5 días, que se vencen hoy viernes 6 de junio, para que la Junta Nacional de Justicia (JNJ) restituya el título de fiscal supremo a Tomás Gálvez.
Cabe señalar que, para que se concrete el regreso, el letrado deberá desafiliarse del partido Peruanos Unidos: ¡Somos Libres!, debido la Ley de la Carrera Fiscal prohíbe militancia activa.