Piden que cajas y bancos participen en la administración de pensiones
El proyecto de ley del nuevo Sistema Previsional Peruano, enviado por el Ejecutivo al Congreso de la República, propone que los bancos, financieras, cajas municipales, cooperativas de ahorro y crédito, cajas rurales, bancos de inversión y empresas de seguros puedan participar en el Sistema Privado de Pensiones.
En la primera disposición complementaria modificatoria del referido proyecto legislativo se modifica el artículo 1 y el 42 del Decreto Ley N° 25897, que crea el Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP), conformado por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP).
El proyecto señala que el Sistema Privado de Administración de Pensiones esté conformado por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) y las Empresas del Sistema Financiero (cajas municipales, bancos, financieras, bancos de inversión, seguros, entre otras) las que administran los fondos de pensiones.
“Complementariamente, participan del Sistema Privado de Pensiones (SPP) las empresas de seguros que proveen las prestaciones que correspondan, así como las entidades o instancias que participan de los procesos operativos asociados a la administración de los Fondos de Pensiones”, señala la iniciativa legal.
En la propuesta de modificación del Artículo 42 de la norma referida, se establece que “Procede la jubilación cuando el afiliado mayor de 55 años así lo disponga, siempre que obtenga una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120”.