Opinión

Empresarios implicados en robos y delitos

Por: Julio César Gago Vicuña

El desconocimiento de la ley y de las normas procesales, hace que muchas personas y empresarios pongan en peligro su libertad y puedan terminar condenados en una cárcel; el delito de receptación que, trataremos el día de hoy y que está ligado a asaltos, robos, hasta homicidios, ilícitos penales que están ahora realizándose en gran cantidad, de donde vemos que asaltan gran cantidad de mercadería de todo tipo.

La fórmula que vienen utilizando los ladrones y asaltantes para convertir esa mercadería robada en dinero en efectivo, es venderla a empresarios del rubro obviamente a un precio muy por debajo del fabricante y que los empresarios para obtener ventajas económicas adquieren estos bienes y los comercializan, claro que tienen el sustento documentario para hacerlo ya que se tratan de productos que comercializan habitualmente.

Sin embargo, no han previsto que están cometiendo graves delitos como son el de receptación tipificado en el artículo 194 del Código Penal y adicionalmente el delito de lavado de activos en calidad de actos de conversión, así lo dice el Decreto Legislativo 1106 y su modificatoria el Decreto Legislativo 1249.

Los Actos de Conversión y Transferencia y los de ocultamiento y tenencia, sanciona al que convierte o transfiere dinero, bienes, efectos o ganancias, cuyo origen ilícito conoce o puede presumir, con la finalidad de evitar la identificación de su origen, su incautación o decomiso, así como al que adquiere, utiliza, guarda, custodia, recibe, oculta o mantiene en su poder dinero, bienes, efectos o ganancias, cuyo origen ilícito conoce o puede presumir, con la finalidad de evitar la identificación de su origen, su incautación o decomiso.

Como quiera que nuestro ordenamiento penal ahora prevé la sumatoria de penas, algunos empresarios están expuestos a penas de carcelería que superan los 15 años de pena privativa y como vuelvo a repetir, muchas personas incurren en este ilícito, sin saber que lo están haciendo, ya sea por hacer un favor o generarse mayores ingresos, esto se da generalmente dentro de los empresarios mayoristas, inversionistas, intermediarios y otros, que, por generarse mayores ingresos económicos, desafortunadamente caen en estos ilícitos penales.

Lamentablemente, el desconocimiento de las normas hace que mucha gente se vea inmersa en delitos penales, con las consecuencias que contrae, según la Unidad de Inteligencia Financiera, se lavaron muchos millones de dólares en el Perú.

El lavado de activos hace suponer que los bienes de origen ilícito sean convertidos para no ser identificados y adquieran una apariencia de legitimidad frente a terceros. Una vez Adquirida la legitimidad aparente, producida por la conversión y la transferencia, estamos en la fase final del proceso: el ocultamiento y tenencia.

La conducta sancionada es amplia, ya que incluye acciones como adquirir, utilizar, poseer, guardar, administrar, custodiar, recibir y/o ocultar, en el Perú tenemos un gran porcentaje de personas procesadas y sentenciadas por este delito, que se ha convertido en un delito que no cometen los delincuentes comunes, sino más al contrario la gente de bien.

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