
La Ley 32107, vigente desde agosto de 2024, delimitó la aplicación de los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra: “solo los hechos posteriores al 1 de julio de 2002 son considerados como tales, aplicando a los anteriores el Código Penal de 1991”. Luz Pacheco, presidenta del Tribunal Constitucional, subrayó, este lunes 22 de diciembre, que ello no implica impunidad sino respeto al principio de legalidad penal: “nadie puede ser procesado ni condenado por un acto u omisión que al tiempo de cometerse no esté previamente calificado en la ley”.
La reciente columna publicada por la presidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, defendiendo la constitucionalidad de esta ley, se presenta en el contexto de un silencio ensordecedor, como disfraz de la cobardía de quienes justos son los llamados a defender un orden jurídico serio y responsable; y ese silencio es hoy el verdadero problema que en solitario la presidente del Tribunal Constitucional trata de cubrir “sigilosamente”.
El Tribunal Constitucional cumplió su función, aplicó la Constitución, el Código Procesal Constitucional y los compromisos internacionales del Estado; recuerda algo que en el Perú parece subversivo, decir en voz alta: no es aceptable, en un país democrático, mantener juicios abiertos 30 o 35 años después de ocurridos los hechos. No es aceptable porque vulnera el debido proceso, el derecho al plazo razonable y la dignidad humana. Porque convierte el proceso penal en castigo perpetuo. Porque transforma la justicia en desgaste.
En esta coyuntura, la presidente del Poder Judicial guarda sepulcral silencio, un silencio institucionalmente grave; cuando el máximo intérprete de la Constitución fija límites claros al poder punitivo del Estado, el Poder Judicial no puede mirar al techo; su silencio es un desafío al Tribunal, y su silencio debilita la legitimidad de la Constitución.
La prensa, salvo honrosas excepciones, también calla, prefiere la agenda y la consigna antes que el análisis y la posición razonable; la clase política, fiel a su reflejo más conocido, ha optado por la evasión, ninguna defensa del debido proceso, ninguna palabra sobre los miles de hombres atrapados durante décadas en procesos sin fin; ninguna preocupación por la seguridad jurídica.
Defender la Ley 32107 no es defender impunidad, es defender el Estado de Derecho, recordar que la justicia tardía también es injusticia, y que cuando los poderes del Estado callan frente a ello, no solo abandonan a los procesados sino a la misma Constitución.
Así se construye un Tribunal Invisible: no el que delibera acuerdo a ley, sino el que opera en los hechos prolongando juicios interminables por inercia, por miedo y por cálculo político; no absuelve ni condena, pero desgasta, envejece y destruye el sistema y la misma Constitución.
(*) Exdirector Nacional de Inteligencia (DINI).