
El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente la demanda de hábeas corpus presentada a favor del expresidente vacado Pedro Castillo en la que se solicitaba su liberación y reposición en el cargo.
La solicitud fue interpuesta por los abogados del exjefe de Estado, Andrés Coello Cruz y Manuel Andrés Coello Cáceres contra la presidenta Dina Boluarte, el Congreso, los integrantes de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, la exfiscal de la Nación Patricia Benavides y el juez Juan Carlos Checkley, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria.
Como es de carácter conocer, el recurso también incluía la denuncia de los demandados por diversos delitos y la anulación de los procesos penales seguidos contra Castillo Terrones, tras su detención por el intento de golpe de Estado en diciembre de 2022.
En el documento argumentaban que existe una “vulneración de los derechos a la libertad y seguridad personales, al debido proceso, al juez imparcial, a la debida motivación de las resoluciones judiciales, a la vida, a la identidad, a la integridad moral, psíquica y física, al libre desarrollo y bienestar, y a no ser sometido a tortura o tratos inhumanos o humillantes, ni violentado para obtener declaraciones; así como del principio de legalidad”.
Además, indicaban que Pedro Castillo era “víctima de una concertación delictiva” entre el Congreso, la Fiscalía de la Nación, la Sala Penal de la Corte Suprema y el juez supremo Juan Carlos Checkley, acusándolos de encarcelarlo “de manera arbitraria”.
No obstante, el TC señaló que ni en la demanda ni en los demás actuados se advierten alegaciones de relevancia constitucional, ni amenazas o vulneraciones de los derechos fundamentales que justifiquen la declaración de nulidad de todo lo actuado en el proceso seguido contra Castillo Terrones por los delitos de rebelión y conspiración.
Asimismo, recordó que la propia Corte Suprema confirmó el mandato de detención judicial preliminar por flagrancia contra el exmandatario por el plazo de siete días, con lo cual corresponde que la demanda sea declarada improcedente.
Finalmente, el TC subrayó que no le corresponde a la judicatura constitucional reponer a Pedro Castillo en su cargo de presidente de la república, ni anular los procesos penales seguidos en su contra.