Opinión

El proyecto e idea de eliminar la Junta Nacional de Justicia (IV)

Por: Iván Pedro Guevara Vásquez

La mención del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) tiene sentido, por cuanto tuvo la naturaleza de organismo autónomo constitucional a partir de la Constitución Política de 1993, con capacidad para nombrar directamente a los jueces y fiscales, mediante sendos concursos públicos de méritos, ya sea mediante la modalidad del acceso abierto o mediante la modalidad del ascenso, con la Academia de la Magistratura (Amag) como la encargada para formar a los aspirantes a magistrados en todos los niveles, y para capacitar a los jueces y fiscales nombrados como titulares para sus respectivos ascensos.

Si bien es cierto el CNM ya habría existido formalmente; pero no tenía la capacidad de nombrar directamente a los jueces y fiscales en plazas titulares. Ya con un CNM como organismo autónomo constitucional encargado directamente del nombramiento, ratificación y destitución de los jueces y fiscales se dejó de lado la intervención política partidaria directa en el nombramiento de los magistrados, eliminándose del mismo modo la ratificación de los jueces y fiscales supremos por parte del Poder Legislativo (Parlamento Nacional).

Nos referimos por cierto a la intervención directa y no así a la intervención indirecta o influencia subrepticia tan propia de las variables de distorsión que se pueden presentar dentro del contexto de lo real, y contra las cuales es preciso promover la transparencia y la meritocracia, más allá del simple dicho o del mero discurso.

El proyecto de ley de reforma constitucional que crea el sistema de administración de justicia confeccionado por la Comisión especial de la reforma del sistema de justicia -que tendría actualmente la condición de ser, como documento, un borrador de trabajo que no constituye la opinión final del pleno de la comisión especial- plantea nada menos que la eliminación de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), cuya existencia se debe al referéndum de consulta a la población en democracia, de fecha 9 de Diciembre de 2018.

El planteamiento de eliminación de la JNJ por parte de actuales congresistas de la referida comisión, encabezada por la congresista María Alva Prieto, contrasta con el planteamiento de ampliación del número de magistrados del Tribunal Constitucional (TC) de siete a nueve, y del periodo de funciones de cinco a ocho años, cuando en otros países no existe TC.

Actualmente los miembros de la JNJ son nombrados por concurso público de méritos por una comisión plural, y los miembros del TC son elegidos por el Congreso.

(*) Miembro suplente de la Junta Nacional de Justicia.

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