
Los casos judiciales de los esposos Humala deben ser entendidos desde tres perspectivas, en función a los encendidos e interesados pasos por acumular riqueza a costa de donantes de campañas o mediante arreglos de “mecánica administrativa” en las licitaciones y concesiones producidas sobre su inhábil pero malhechor gobierno.
La primera desde una perspectiva moral y política, la ciudadanía- con fundadas razones- los percibe como asociadamente corruptos. La justicia seguramente se encargará de formalizarlo dentro de los predios cabalmente jurídicos. Debe subrayarse que el odio político, la persecución vil y la mediocridad gubernamental reciente, los encuentra como entusiastas “arquitectos” de esa despreciable forma de hacer política.
La segunda es que, en el caso específico de la imputación del delito de lavado de activos, han sido condenados con precarias razones jurídicas y con no muy clara coherencia lógica. Dicha situación no es inédita. Nuestros estrados judiciales están atiborrados de fallos inconsistentes, de escaso alcance en la reflexión jurídica; amén de cierto contagio proveniente del olimpo de lo correcto en la justicia caviar.
Pero como todos y sin, sin excepción, deberán apelar a las correcciones de la segunda instancia. La tercera tiene que ver con el otorgamiento del asilo a Nadine Heredia. Su condena no provine de ninguna persecución política, sino de un proceso signado por lo ignaro; y en donde la justicia ha sido sinónimo de la rigidez propia de los émulos de Tomás de Torquemada.
El TC en el caso Nilson Malqui Laurence señala que el asilo se otorga al perseguido por razón de sus ideas o actos de carácter político. No tiene relación con las imputaciones de delito común. Nadine Heredia ha recibido la calificación de asilada, por sus vínculos de distinto jaez con el gobierno de Lula. Formalmente está amparada. Pero repetimos no es una perseguida política, sino condenada defectuosamente.
Cabe recordarle al señor Lula que, el asilo ha sido inspirador para la defensa de los auténticos perseguidos políticos. Haya de la Torre, recibió asilo en la Embajada de Colombia en 1949, escapando probablemente de la muerte de manos del gobierno militar de Odría.
También son citables los casos de José M. Balmaceda, Jacobo Árbenz Guzmán, Alan Garcia Pérez o Gustavo Novoa. Y cómo olvidar el caso del cardenal húngaro Jozsef Mindszenty quien estuvo asilado durante 15 años en la Embajada de los Estado Unidos, a raíz de la persecución comunista.
(*) Expresidente del Tribunal Constitucional.