Economía

Conoce el orden de prioridad en pago a herederos de fonavistas

Son 30,000 los familiares de exaportantes fallecidos los que podrán cobrar

Alrededor de 30,000 herederos de fonavistas fallecidos serán incluidos en el Grupo Reintegro 3 que podrá cobrar la devolución de sus aportes las primeras semanas de abril. El criterio tomado en cuenta para seleccionarlos, es que se trate de familiares de titulares fallecidos que al 31 de marzo hayan cumplido 90 años.

Según la ley, para el pago a los herederos se tomará en cuenta el grado de parentesco que tenga con el titular fallecido.

De esta en forma la prioridad en el pago la tendrán el cónyuge o conviviente registrado en una unión de hecho; seguidos por los hijos del fonavista fallecido; los padres, los hermanos, y otros herederos indicados en un testamento o sucesión intestada.

Para reclamar el dinero no es necesario la existencia de un testamento o sucesión intestada, pero si se debe presentar algunos documentos como partida de defunción del fonavista, DNI del solicitante; partida de matrimonio o constancia de unión de hecho (conviviente); partida de nacimiento (hijos); partida de nacimiento del fonavista fallecido (padres); partida de nacimiento del solicitante y del ex aportante (hermanos).

El solicitante debe firmar una declaración jurada en el Banco de la Nación, donde se valida su estatus como beneficiario legítimo. En los casos en que existan otros herederos sin prioridad, será necesario realizar el proceso de sucesión intestada o presentar el testamento correspondiente.

De otro lado se conoció que hay miles de fonavistas que tienen cobros pendientes en el Banco de la Nación. Para conocer si te corresponde cobrar ingresar al siguiente enlace: https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavi/

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