Compliance Público
Por: Julio César Gago Vicuña

El cumplimiento normativo (compliance) no solo está dirigido al sector privado; este debe darse, sobre todo, en la administración pública, ya que no se limita únicamente a seguir la normativa nacional e internacional al pie de la letra para evitar la corrupción; su pilar fundamental son la ética y la transparencia.
De manera que, en la función pública de nada sirve tener legislación que penalice determinadas actuaciones si no se procura un cambio cultural en el funcionario, en el uso de fondos públicos, que nos pertenecen a todos los ciudadanos.
Todo el sector público maneja nuestro dinero. Desde esta perspectiva debemos exigir, con más rigor, acceso a datos reales y respaldados del uso de estos fondos y saber cuál es la hoja de ruta de nuestro país bajo
premisas estadísticas, probadas, sustentadas y no antojadizas.
Como esto no se da, la corrupción en el sector público se encuentra latente. Así, la ética pública es algo que nos atañe a todos, y como sociedad, debemos exigir a quienes nos gobiernan, integridad y transparencia.
La función pública debe llegar a ser fuente de inspiración para las organizaciones privadas; y es que, hablar de compliance en este sector, que precisamente debería abanderar el sometimiento pleno a la Ley como consecuencia de numerosos juicios por delitos de corrupción, exigen que el sector público adopte todas las medidas para recuperar su dañada imagen.
Y para ello, la traslación al ámbito público de las políticas de compliance se presenta como una técnica innovadora para adoptar enfoques eficaces basados en la integridad institucional. Para ello podrían asimilarse a programas de cumplimiento normativo, que ya existen, (Ley Anticorrupción 30424 lavado de activos, financiamiento al terrorismo, tráfico de influencias y colusión. Ley 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley de Hostigamiento Laboral.
Ley 27942 Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, las normas de contratación) y otros que deberían normarse para incorporar nuevas técnicas e importar modelos del sector privado, adaptados al sector público.
Pero si existe en la actualidad un ámbito de la gestión pública en el que ha cobrado especial protagonismo el compliance, es el de la contratación pública, la operatividad de las técnicas de compliance en el contexto de
las prohibiciones de contratar.
Pero, más allá de esa eficacia para el sector privado, la apuesta por la integridad y la necesidad explicitada normativamente de adopción de medidas de prevención y lucha contra la corrupción,
hacen que cobren especial sentido las reflexiones de implantación del compliance en el sector público, sector que, constituye un riesgo a controlar.
Nuestro staff de abogados, garantiza todos estos derechos de nuestros seguidores, con óptimos resultados, con gusto atendemos a nuestros lectores de LA NOTICIA previa cita al 4713246, al correo electrónico jgago80@ gmail.com, o la página web www.gagoabogados.com
(*) Abogado Penalista