¿Cómo los herederos cobrarían aportes de fonavista fallecido?
Deudos deben verificar si su pariente está incluido en el padrón de beneficiarios

Los nuevos procesos de devolución de aportes del Fonavi incluyen a los familiares de los aportantes fallecidos, que no necesitan de un testamento para reclamar el dinero.
Una vez que la persona haya verificado que su pariente se encuentra incluido en el padrón de beneficiarios deberá acercarse a cualquier oficina del Banco de la Nación con los siguientes documentos:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante.
- Una declaración jurada en la que se certifique la condición de heredero, afirmando que no existen otros beneficiarios con igual o mayor prioridad.
- Partida de defunción certificada del fonavista fallecido, con no más de 30 días de antigüedad. Si el beneficio económico pasa las 4 UIT, será indispensable presentar una sucesión intestada o un testamento correctamente registrado en la Sunarp. Además, será importante presentar una documentación adicional que debe ser entregada de acuerdo con la relación con el fonavista fallecido.
- Cónyuge o conviviente: Copia certificada de la partida de matrimonio o certificado de unión de hecho (Sunarp).
- Hijos: Copia certificada de la partida de nacimiento.
- Padres o hermanos: Partida de nacimiento del solicitante y del fonavista fallecido.
- Otros: Copia legalizada del acta notarial de sucesión intestada (o copia certificada de la resolución judicial y la resolución que la declara consentida).
Para el proceso de devolución se toma en cuenta el orden de prelación correspondiendo el primer lugar al cónyuge o conviviente, en segundo a los hijos; luego a los padres, hermanos y personas que aparecen en el testamento o la sucesión intestada, si las hubiera.