Aprueban aumentos para los empleados del sector público
Medida dispuesta por el MEF entrará en vigor desde este domingo 1 de enero

Desde el 1 de enero del 2023 los trabajadores, funcionarios del sector público de los decretos legislativos (DL) 728 y 1057, así como de las Leyes 30057, 29709 y 28091 tendrán un incremento en sus salarios.
Así lo dispone el Ministerio de Economía, a través del decreto supremo (DS) 311-2022 del MEF, publicado en el diario El Peruano. La norma fija un incremento de S/ 51.11 para los servidores comprendidos en el D.L. N° 728, mientras que para los del D.L. 1057 (CAS), recibirán 64.19 soles adicionales.
Asimismo, para los servidores y funcionarios de la Ley 30057 (Ley Servicio Civil) se ha establecido un aumento de 52.21 soles, mientras que para los de la Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria, el incremento será de 55.67 y el mismo monto se aumentará a los de la Ley del Servicio Diplomático. Se determina que, para el otorgamiento del incremento mensual, se observan las siguientes condiciones: Que en las entidades del Gobierno Nacional y en los gobiernos regionales, los servidores beneficiarios deben estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del MEF.
Asimismo, que el ingreso mensual total del servidor no debe superar el monto de 15,600 soles, de conformidad con el artículo 2 del decreto de urgencia 038-2006. Se dicta que el incremento mensual constituye un concepto independiente a los ingresos que perciben y se incorpora en la planilla de pagos.
Se establece que el financiamiento de lo establecido en el presente DS es con cargo al presupuesto institucional de las respectivas entidades.