Política

Agilizarán la documentación para los peruanos deportados

Evalúa flexibilizar el requisito de certificado de pobreza ante ‘cacería’ en EE. UU.

Ante la revelación de una exigencia de un certificado de pobreza para la repatriación de una menor en situación de vulnerabilidad, desde Estados Unidos, en medio de un grupo de peruanos deportados, la Cancillería hizo una precisión con relación a la documentación mínima que se requiere presentar en casos de solicitudes de asistencia humanitaria y repatriación.

“Para el caso de solicitudes de subvención económica para repatriaciones de ciudadanos en condición de indigencia o pobreza extremas, el Decreto Supremo 063-2016-RE obliga a que los interesados presenten un certificado de pobreza que se obtiene en el MIDIS o en cualquier parroquia del último lugar de residencia del interesado”, indica el comunicado emitido por esta cartera.

En ese sentido, el Ministerio de Relaciones Exteriores señaló que se viene evaluando una propuesta de modificación del mencionado decreto supremo, a fin de flexibilizar este requisito en el caso de los connacionales que se vean afectados por deportaciones. Asimismo, explicaron qué documentos se requieren cuando se trata, no de una subvención, sino de labores de asistencia humanitaria a favor de connacionales en situaciones de alta vulnerabilidad por parte de los consulados.

Los requisitos comprenden la presentación de una declaración jurada simple por parte del interesado, explicando la situación concreta de vulnerabilidad y necesidad extrema e inmediata, para una pronta evaluación del cónsul general. Como se sabe, con la política migratoria de Donald Trump más de 300 mil peruanos indocumentados en EE. UU. podrían ser deportados.

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba