Tecnología/ Empresarial

Abel Balbin: «Hay que regular el servicio de transporte por aplicativo, pero sin burocracia»

La ATU está sancionando a los vehículos y conductores del servicio de movilidad virtual sin que estos cuenten con una regulación específica

El servicio de movilidad urbana por aplicativo ha traído comodidad y eficiencia al transporte, pero aún falta una normativa específica que las regule, sin frenar la innovación tecnológica y la economía colaborativa, señaló Abel Balbín, abogado especialista en multas de transporte y tránsito terrestre.

El Proyecto de Ley 842-2021 CR, actualmente en discusión en el Congreso, propone establecer un marco regulatorio específico para los servicios de transporte por aplicativos en Perú. Este establece criterios técnicos y operativos que las plataformas deberán cumplir para prestar el servicio, entre ellos, la verificación de identidad de los conductores, la exigencia de contar con funciones de seguridad en la aplicación -como botones de alerta y trazabilidad del recorrido- y la obligación de reportar información periódica al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

Estas medidas buscan fortalecer la seguridad de los pasajeros y facilitar la fiscalización por parte del Estado, y las empresas de aplicativos ya las tienen implementadas. Las apps tienen identificado al conductor, la placa del vehículo, saben su ubicación, piden constantemente actualización de datos, de foto, son confiables, señala Balbín.

En ese sentido considera que el gobierno, a través del MTC, debería dar facilidades a las empresas y conductores del servicio de movilidad virtual, con la regulación de registros y la capacitación en conducción responsable, considerando que los conductores de estos servicios no se dedican 100% al servicio de movilidad.

La implementación de un registro nacional y la supervisión por parte del MTC permiten avanzar hacia una movilidad digital más ordenada, sin restringir el desarrollo tecnológico ni el acceso a nuevas formas de transporte. La regulación, en este caso, no busca limitar, sino establecer reglas básicas que protejan a los usuarios y promuevan mejores prácticas empresariales.

Según fuente del sector, para que esta regulación sea efectiva y viable, es esencial retirar la exigencia de contar con licencia de conducir profesional AII-A, pensada originalmente para el servicio público tradicional. Esta medida resulta desproporcionada para quienes prestan servicios a través de apps de forma flexible y ocasional.

Balbín refirió que incluso La ATU está sancionando a los vehículos y conductores del servicio de movilidad virtual sin que estos cuenten con una regulación específica. Considera que la propuesta de norma (proyecto de ley 842) contiene mucha burocracia en los requisitos que se pide a las plataformas virtuales, en tiempos en que la innovación y la tecnología deben ir de la mano.

Asegurar la trazabilidad, identificar a los conductores y supervisar el servicio son pasos fundamentales. Pero exigir requisitos incompatibles con la naturaleza digital de este servicio pone en riesgo su sostenibilidad. Formalizar, supervisar y equilibrar las condiciones del servicio es clave para que la movilidad digital evolucione de manera sostenible, segura y equitativa.

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