Multarán a empresas que no den descanso por tener COVID
Pagarían hasta 24 mil soles a la Sunafil si no aceptan pruebas de descarte

Aquellas empresas que no den descanso médico a los trabajadores que consignen en sus pruebas haber dado resultado positivo al COVID-19, serán multadas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) hasta con S/ 241,638.
Debido a que el inicio de la tercera ola ha generado que miles de trabajadores se realicen pruebas para descartar posibles contagios, se precisa que los empleadores que no acepten los resultados de las mismas, sin importar si son de antígeno o PCR, serán pasibles de dicha sanción.
Según el jefe de la Sunafil, Jesús Baldeón Vásquez, los trabajadores que tengan un resultado positivo a COVID-19 no tienen que compensar los días de licencia, estos solo deben ser recuperados si la prueba descarta el contagio.
“Después de resultar positivo opera el descanso, el certificado es un descanso médico. No tiene que recuperar las horas o días que tuvo de descanso médico. En estos casos, los trabajadores pueden realizar sus denuncias a través de la Sunafil. No aceptar la prueba antígena es una contravención a la normativa del Ministerio de Salud y esto podría ser pasible de una sanción. Para ello la Sunafil se encuentra atenta mediante dos canales: las líneas de comunicación para orientación y la página web para imponer sus denuncias”, explicó. Aclaró que, por el momento, no existe una regulación respecto al uso de pruebas autoaplicadas por lo que estas no sirven para justificar el descanso del trabajador.
Para consultar, pueden comunicarse a la central telefónica de la Sunafil 390-2800 (opción 1). En tanto, para reportar sus casos buscar en la web www.gob.pe/sunafil y ubicar la sección ‘Orientación, trámites y servicios más visitados’, donde encontrará el enlace referido a “Denunciar incumplimientos laborales de una empresa privada”.