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Gobierno propone cerrar el Reinfo y crear el Formape para formalizar la pequeña minería

El proyecto de Ley MAPE plantea cerrar el registro el 31 de diciembre de 2026 y establecer un régimen temporal de consolidación hasta junio de 2028. La iniciativa también propone crear una nueva entidad para supervisar la formalización minera.

El Gobierno presentó ante la Cámara de Diputados un proyecto de Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (Ley MAPE) que propone poner fin al Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) y establecer un nuevo sistema para formalizar las actividades del sector.

La iniciativa contempla la creación del Organismo Nacional para el Fortalecimiento de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (Formape), entidad técnica especializada adscrita al Ministerio de Energía y Minas (Minem), que asumiría funciones de autorización, evaluación ambiental, supervisión y sanción, además de administrar los registros y sistemas de información de la actividad minera.

Uno de los principales cambios propuestos es el cierre del Reinfo el 31 de diciembre de 2026. En su reemplazo, se establecería un régimen de consolidación temporal desde el 1 de enero de 2027 hasta el 30 de junio de 2028, para que los operadores inscritos completen los requisitos pendientes e ingresen al régimen ordinario.

El plazo previsto es menor al anunciado anteriormente por el ministro de Energía y Minas, Guillermo Shino, quien había señalado que el proceso de consolidación para los aproximadamente 30.000 mineros inscritos duraría dos años.

¿Qué pasará con los mineros inscritos en el Reinfo?

El proyecto establece que podrán acogerse al régimen de consolidación las personas naturales o jurídicas que mantengan su inscripción en el Reinfo al 31 de diciembre de 2026.

Quienes tengan un registro vigente quedarían temporalmente habilitados para continuar sus actividades mineras en las coordenadas declaradas. En tanto, los operadores con inscripción suspendida conservarían esa condición hasta que la autoridad competente disponga su levantamiento, previa verificación de los requisitos correspondientes.

La propuesta no elimina las causales de exclusión del proceso de formalización ni las restricciones relacionadas con áreas naturales protegidas, patrimonio cultural y reservas indígenas destinadas a pueblos en aislamiento y contacto inicial.

Según las cifras incluidas en la exposición de motivos, el Reinfo registra 31.574 inscripciones, de las cuales 22.715 están vigentes y 8.859 suspendidas. Asimismo, desde el inicio del proceso hasta septiembre de 2026, se contabilizaron 2.345 mineros formalizados, que agrupan a 9.885 socios o asociados.

El proyecto también contempla un régimen ordinario para quienes deseen iniciar actividades mineras formalmente, previa obtención de los permisos y autorizaciones exigidos por ley.

Formape administrará una ventanilla única y un sistema de trazabilidad

Entre las medidas propuestas figura la implementación de una Ventanilla Única de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, a través de la cual se tramitarían los procedimientos administrativos contemplados en la futura ley. También se crearía una Casilla Electrónica Única para las notificaciones a los operadores.

El Formape administraría un sistema nacional de información y trazabilidad para registrar el origen, traslado, recepción, beneficio, procesamiento y comercialización de los minerales.

La plataforma integraría información sobre derechos mineros, autorizaciones, certificaciones ambientales, producción, transporte, comercialización y sanciones. El objetivo es mejorar el seguimiento de los minerales a lo largo de la cadena productiva y prevenir el ingreso de productos de origen ilícito a los circuitos formales.

Banco de la Nación podría abrir cuentas a pequeños mineros

La iniciativa también propone autorizar al Banco de la Nación a abrir cuentas corrientes y de ahorro para las personas naturales y jurídicas comprendidas en los regímenes ordinario y de consolidación.

Con autorización expresa de los interesados, la entidad podrá consultar información sobre su identidad, situación registral, autorizaciones, trazabilidad y actividad económica para evaluar solicitudes de productos y servicios financieros.

El documento señala que el 86,7 % de las operaciones de la pequeña minería y minería artesanal se realiza en efectivo y que el 99 % de sus operadores no accede a crédito productivo formal, según los datos citados del PNUD y del programa planetGOLD Perú.

La propuesta busca facilitar la inclusión financiera y promover operaciones más transparentes. Sin embargo, la apertura de cuentas no implicaría la aprobación automática de créditos.

Proponen incentivos para formalizar contratos de explotación

El proyecto plantea beneficios para los titulares de concesiones mineras del régimen general que suscriban contratos de explotación o cesión con pequeños mineros o mineros artesanales por un periodo mínimo de tres años.

En esos casos, los titulares podrían pagar durante tres años el derecho de vigencia correspondiente al estrato de pequeño productor minero por la concesión comprendida en el contrato. Asimismo, la inscripción del acuerdo en los Registros Públicos permitiría la exoneración de la penalidad correspondiente, bajo las condiciones previstas en la iniciativa.

Los beneficios se perderían si el contrato termina o pierde vigencia, si el operador es excluido del régimen de consolidación o si no obtiene la autorización necesaria para continuar sus actividades al finalizar el periodo establecido.

La medida busca incentivar los acuerdos formales entre titulares de concesiones y operadores mineros que trabajan en terrenos de terceros. De acuerdo con el documento, solo el 7,2 % de los operadores dedicados a la explotación inscritos en el Reinfo es titular de derechos mineros.

Exigirán permisos ambientales y reducción progresiva del mercurio

La propuesta establece que el inicio o reinicio de actividades de pequeña minería y minería artesanal requerirá autorización sectorial, certificación ambiental y los demás permisos previstos por ley.

Los procedimientos ambientales se adaptarían a la escala, los riesgos y las características territoriales de estas operaciones, con el propósito de agilizar las evaluaciones sin reducir los estándares de protección ambiental.

En las actividades de extracción, beneficio o procesamiento de oro, los operadores deberán reducir progresivamente el uso de mercurio y sus compuestos hasta eliminarlos. Los plazos y condiciones de esta adecuación se establecerían en el reglamento.

Asimismo, las autoridades priorizarían la fiscalización de las actividades e instalaciones con mayores riesgos de incumplimiento o de afectación a la salud, el ambiente y el patrimonio cultural.

¿Cómo se distribuirán las competencias?

El Minem mantendría la rectoría y la responsabilidad de formular la política nacional del sector, mientras que el Formape ejecutaría los programas y administraría los regímenes previstos en la propuesta.

El proyecto contempla un periodo transitorio de cinco años para transferir las competencias de autorización y evaluación ambiental del régimen ordinario. Durante esta etapa, los gobiernos regionales conservarían las funciones que aún no hayan sido transferidas, de acuerdo con el cronograma que establezca el Ejecutivo.

Además, durante cinco años, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) se encargaría de la fiscalización ambiental de las plantas de beneficio con capacidad superior a 25 toneladas métricas por día; el Osinergmin supervisaría la seguridad de la infraestructura y las operaciones, y la Sunafil, los aspectos sociolaborales.

El Ejecutivo tendría un plazo de 120 días calendario, desde la publicación de la futura ley, para aprobar su reglamento y adecuar las normas correspondientes. En ese mismo periodo, deberá remitir al Congreso el proyecto de Ley de Organización y Funciones del Formape.

La iniciativa busca establecer un marco legal permanente para la pequeña minería y la minería artesanal, reemplazando las sucesivas ampliaciones del proceso de formalización por un sistema con plazos definidos, mecanismos de supervisión y requisitos para operar legalmente. Su aplicación dependerá de la aprobación del proyecto y de la implementación de las normas correspondientes

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