Opinión

Un sistema de justicia basado en el mérito (XXVIII)

Por: Iván Pedro Guevara Vásquez

Si se conserva la actual forma de selección y nombramiento de los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) -es decir, por la designación a cargo del poder político, encarnado en nuestro país por el Congreso de la República, por el Poder Legislativo, que tiene desde hace poco un sistema bicameral, con cámara de diputados y cámara de senadores después de más de treinta (30) años- no se garantizaría, en lo absoluto, la concreta independencia del organismo autónomo constitucional a cargo del control concentrado de la constitucionalidad de las leyes y normas, caso a caso, respecto al poder político, ya que el criterio político partidario reinante actualmente en la selección y nombramiento de los miembros del Tribunal Constitucional no se condice, en la debida y directa correspondencia, con el criterio técnico de la meritocracia referida al reconocimiento del mérito de las personas (postulantes).

Como los partidos políticos no pertenecen al Estado, sino que son parte de la sociedad civil, sus fundadores suelen imprimir su propia ideología y tendencia política a su organización: es decir, pueden ser de tendencia liberal o tendencia conservadora, tendencia de “derecha” o tendencia de “izquierda”, tendencia de “extrema derecha” o tendencia de “extrema izquierda”, difícilmente tales tendencias van a converger en la necesidad del reconocimiento del mérito y de los talentos de la persona humana.

Una cosa es el representado, que en una democracia viene a ser la población, y otra cosa son los representantes, como se dice, que son los congresistas de la República (diputados y senadores).

Como se dijo, antes de plantearse que los miembros del Tribunal Constitucional sean elegidos mediante elecciones por sufragio electoral democrático, se debe intentar su nombramiento por órganos no políticos, por organismos constitucionales autónomos o por una Comisión Especial integrada por los presidentes y jefes de diversas instituciones del Estado, de carácter técnico-jurídico, con total exclusión del poder político encarnado por el Poder Ejecutivo y por el Parlamento Nacional.

Es lo correcto porque toda democracia que se precie de tal y toda sociedad y Estado que se consideren verdaderamente desarrollados y avanzados deben implementar como política de Estado el reconocimiento del mérito y de los talentos de la persona humana. No hay otro camino en realidad si queremos tener un país desarrollado económicamente y como auténtico Estado Constitucional de Derecho.

En ese sentido, se debe reformar la Constitución para que la selección y nombramiento esté a cargo de organismos no políticos.

(*) Miembro suplente de la Junta Nacional de Justicia

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