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PJ rechaza hábeas corpus presentado por Fernando Rospigliosi para anular sentencia por difamación contra Delia Espinoza

El Quinto Juzgado Constitucional de Lima declaró improcedente el hábeas corpus presentado por el senador Fernando Rospigliosi, mediante el cual buscaba dejar sin efecto la sentencia que lo condenó por difamación agravada en perjuicio de Delia Espinoza, exfiscal de la Nación y actual decana del Colegio de Abogados de Lima.

En su recurso, Rospigliosi sostuvo que la condena afectaba derechos como la libertad individual, el debido proceso y la tutela procesal efectiva. Asimismo, argumentó que, por su condición de parlamentario, correspondía aplicar el antejuicio político antes de que el caso fuera llevado ante la justicia penal ordinaria. También señaló que sus expresiones contra Espinoza, a quien vinculó con el terrorismo y las economías ilegales, se dieron en el marco del debate político y de su labor parlamentaria.

En abril de 2026, el Segundo Juzgado Supremo Unipersonal de la Corte Suprema le impuso nueve meses de prisión suspendida, 100 días multa y el pago de S/ 200 mil por concepto de reparación civil. Sin embargo, el juzgado constitucional determinó que el hábeas corpus no podía prosperar debido a que la sentencia aún no era firme, pues se encontraba en etapa de apelación. Además, consideró que el recurso expresaba principalmente una discrepancia con los criterios adoptados por la justicia penal.

La resolución, emitida el 10 de agosto, también señaló que la difamación agravada constituye un delito común y no uno funcional, por lo que no correspondía invocar el antejuicio político en este caso. De acuerdo con la decisión, la condición de parlamentario no otorga inmunidad frente a delitos comunes. El rechazo del hábeas corpus mantiene vigente la condena, aunque esta continúa sujeta al trámite de apelación.

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