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 “Trabajadoras del hogar tienen CTS y vacaciones”

Bruno Novoa Campos, vocero del Ministerio de Trabajo, señala que deben contar con contrato, gratificaciones y demás derechos laborales

  • El funcionario sostiene que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) tiene la facultad de iniciar procedimientos sancionadores contra los empleadores que incumplan la normativa.

Por: Carlos Rivero Melgar

En entrevista con La Noticia al Día en La Noticia TV (canal 27.2 en Best Cable y 203 en CableGo), el vocero del Ministerio de Trabajo, Bruno Novoa Campos, advirtió que la formalización de las trabajadoras del hogar en el Perú ya no es opcional, sino una obligación legal. En ese sentido, enfatizó que deben contar con contrato escrito, acceso a beneficios laborales y una remuneración mínima, en medio de un contexto donde aún predomina la informalidad.

¿Cuál es el universo que se tiene en el Perú de trabajadoras del hogar?

Actualmente, el Ministerio de Trabajo cuenta con un registro de aproximadamente 23 mil trabajadoras del hogar. Este padrón busca visibilizar el sector y promover su formalización, permitiendo que más personas accedan a derechos laborales básicos y a la protección del Estado.

Se habla de alta informalidad en el sector, ¿cómo se está abordando este problema?

Existe una importante informalidad. Por ello, desde el Ministerio se viene promoviendo que todas las trabajadoras cuenten con un contrato por escrito. La ley aprobada en 2020 y reglamentada en 2021 establece que el vínculo laboral ya no puede ser verbal, sino formal y debidamente registrado, lo que garantiza mejores condiciones de trabajo.

¿Existe un monto mínimo que se deba pagar?

Las trabajadoras del hogar deben contar con contrato escrito y una remuneración mínima. En ese sentido, se debe respetar como mínimo el sueldo vital, actualmente fijado en S/1,130. No obstante, en la práctica los ingresos pueden variar entre S/1,000 y S/2,500, dependiendo de factores como la jornada, las responsabilidades y las condiciones acordadas.

¿Qué ocurre con la jornada laboral?

Las trabajadoras del hogar deben cumplir con una jornada similar a la del régimen laboral privado, es decir, un máximo de ocho horas diarias o 48 horas semanales, evitando así excesos que vulneren sus derechos.

¿Qué derechos laborales les corresponden?

Cuentan con descanso semanal obligatorio de 24 horas, feriados remunerados, 30 días de vacaciones por cada año trabajado, así como el pago de gratificaciones y Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), tal como cualquier trabajador formal.

¿Estas condiciones son obligatorias?

Sí. No se trata de una recomendación, sino de una obligación legal. Esta normativa se sustenta en el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, adoptado por el Perú, lo que refuerza su carácter obligatorio y su cumplimiento a nivel nacional.

¿Aún existen casos de abuso o explotación laboral?

No se pueden tolerar situaciones como el trabajo de menores de edad, abuso laboral o casos de hostigamiento sexual. Estas prácticas constituyen faltas graves e incluso delitos, por lo que deben ser denunciadas ante las autoridades correspondientes.

¿Qué entidad se encarga de fiscalizar estos casos?

La fiscalización está a cargo de la SUNAFIL, entidad que tiene la facultad de iniciar procedimientos sancionadores contra los empleadores que incumplan la normativa. En situaciones más graves, los casos pueden ser derivados al Ministerio Público.

¿Qué debe hacer una trabajadora si siente que sus derechos están siendo vulnerados?

Puede acudir al Ministerio de Trabajo o a SUNAFIL, donde recibirá orientación legal gratuita, acompañamiento durante el proceso y apoyo para presentar su denuncia. Existen módulos de atención disponibles de lunes a viernes.

¿Por qué muchas trabajadoras no denuncian?

El principal motivo es el temor a perder el empleo. Sin embargo, el Estado brinda asesoría, protección y seguimiento a cada caso, además de realizar capacitaciones para que las trabajadoras conozcan sus derechos y puedan ejercerlos sin miedo.

¿Existe el riesgo de despido tras una denuncia?

No debería ocurrir. Desde el Ministerio se promueve la protección de las trabajadoras y se busca evitar cualquier tipo de represalia por parte de los empleadores.

En algunos casos existe un vínculo cercano con la familia empleadora, ¿igual es necesario un contrato?

Sí. Más allá del vínculo afectivo que pueda existir, se trata de una relación laboral. Por ello, es obligatorio contar con un contrato formal, respetar los derechos y garantizar condiciones dignas de trabajo.

SE LES BRINDAM ORIENTACIÓN LEGAL GRATUITA

Bruno Novoa Campos indicó que las trabajadoras del hogar pueden acudir directamente al Ministerio de Trabajo o a la SUNAFIL cuando sientan que sus derechos han sido vulnerados. En estos espacios se les brinda orientación legal gratuita, acompañamiento durante todo el proceso y apoyo para formalizar la denuncia.

Precisó que existen módulos de atención disponibles de lunes a viernes, donde también se realiza el seguimiento de cada caso hasta su resolución. Asimismo, señaló que todas las trabajadoras que cuentan con contrato tienen respaldo permanente del sector.

Además, destacó que el Estado busca protegerlas para que puedan denunciar sin temor a perder su empleo, una de las principales razones por las que muchas no recurren a estas instancias.

 

 

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