Solo se podrá tener hasta 7 líneas móviles por persona
Se ha identificado a 143 ciudadanos que tienen más de 50 líneas activas

Los ciudadanos podrán tener hasta siete líneas móviles registradas a su nombre, según lo estableció el Poder Ejecutivo mediante la modificación del Decreto Legislativo N.º 1338, con el propósito de fortalecer la seguridad ciudadana y el control del registro de abonados.
La norma incorpora el artículo 8-C al marco legal vigente y dispone que toda persona natural, peruana o extranjera, puede mantener como máximo siete servicios públicos móviles bajo su titularidad, sin importar la empresa operadora. Esta medida busca reducir el uso indebido de líneas telefónicas y mejorar la trazabilidad de los registros.
En ese sentido, se establece un mecanismo de verificación mediante el cual el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) revisará cuántas líneas tiene cada titular. Si se supera el límite, las operadoras deberán dar de baja las líneas adicionales, otorgando previamente un plazo para que la persona elija cuáles conservar. Asimismo, se indica que quienes, al entrar en vigencia la norma, tengan más de siete líneas registradas podrán mantenerlas; sin embargo, no podrán contratar nuevas, salvo excepciones previstas en el reglamento.
Cabe señalar que, según el Osiptel, en el Perú el 87 % de las extorsiones se realiza a través de comunicaciones anónimas por vía telefónica y que se ha identificado a 143 ciudadanos con más de 50 líneas activas. Por otro lado, el decreto también incorpora nuevas obligaciones para las empresas operadoras, como verificar la cantidad de líneas antes de contratar un servicio y cumplir los procedimientos que establezca el ente regulador.
Finalmente, la Encuesta Residencial de Servicios de Telecomunicaciones (Erestel) 2024 confirmó que los usuarios peruanos suelen utilizar entre una y seis líneas móviles, por lo que la limitación a siete no afectaría el crecimiento ni la cifra de negocios.
