Opinión

El proyecto e idea de eliminar la Junta Nacional de Justicia (X)

Por: Iván Pedro Guevara Vásquez

Queda claro que la comisión de reforma integral del sistema de justicia, presidida por la actual congresista María Alva, no tendría antecedente alguno en qué basarse para eliminar, en primer lugar, a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) como organismo constitucional autónomo, y para darle, en segundo lugar, el poder de nombrar a jueces y fiscales a una pretendida “Escuela nacional de justicia”, con el añadido de poder nombrar -siendo supuestamente una Escuela de jueces y fiscales- al jefe de la ONPE (Oficina Nacional de Procesos Electorales), al jefe del RENIEC (Registro Nacional de Identificación y Estado Civil), así como al jefe de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y al jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público.

No hay ninguna lógica en ello. Como ya se dijo, la Escuela Judicial de España no nombra magistrados, sino que los selecciona y prepara; pero sin tener la capacidad de nombramiento de jueces y fiscales, que sí la tiene, en cambio, otro organismo público en España, como es el Consejo General del Poder Judicial. No hay antecedente referencial, ni nacional ni extranjero, de una Escuela Judicial o de la Magistratura que nombre a los jueces y fiscales de diferentes niveles del Poder Judicial y del Ministerio Publico, respectivamente, porque sencillamente no es misión ni tarea de una Escuela Judicial el nombramiento de magistrados, al ser más bien su misión netamente académica; esto es, la formación y capacitación de los magistrados (jueces y fiscales).

No hay referente alguno de una Escuela Judicial o de la Magistratura que nombre jueces y fiscales titulares porque la función constitucional de nombramiento de magistrados tiene un carácter especial, por la trascendencia de su misión, que no puede ni debe ser encomendada a una Escuela de magistrados, porque la misión de ésta es la de formar a aspirantes a la magistratura judicial y fiscal, y capacitar a los magistrados titulares (jueces y fiscales), como sucede actualmente con la Academia de la Magistratura (Amag) en Perú, que se encarga de la formación y capacitación de jueces y fiscales.

En ese sentido, no se entiende el propósito de la reforma que plantea la referida comisión congresal, porque si no existe antecedente alguno de una Escuela Judicial o de la Magistratura que nombre a los jueces y fiscales, ¿por qué la comisión presidida por la congresista Alva plantea la eliminación de la Junta Nacional de Justicia?

(*) Miembro suplente de la Junta Nacional de Justicia.

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